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SSP deberá proporcionar contrato con empresa que presta servicio de foto multas

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Xalapa, Ver., 25 de mayo de 2016.- La Secretaría de Seguridad Pública deberá proporcionar el contrato celebrado con la empresa particular que presta el servicio denominado foto multas; así lo determinó el Instituto Veracruzano de Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (IVA) al resolver los recursos de revisión IVAI-REV/210/2016/III y su acumulado IVAI-REV/211/2016/III.

En estos asuntos, el solicitante interpuso dichos medios de impugnación ante el IVAI porque si bien el sujeto obligado dio respuesta a las solicitudes de información, remitió el convenio modificatorio del contrato, lo que le causó agravio.

El órgano garante ordenó a la Secretaría que remita el contrato de prestación de servicios, toda vez que el convenio modificatorio no sustituye al contrato original sino que únicamente reemplaza diversas cláusulas del mismo.

Asimismo, el Instituto resolvió el recurso IVAI-REV/219/2016/III, relacionado con una solicitud de información hecha a la Secretaría de Salud para obtener la relación de gastos médicos condonados en el Centro de Alta Especialidad Doctor Rafael Lucio, especificando gastos, paciente y fecha.

Aquí el sujeto obligado proporcionó respuesta a la solicitud indicando los montos y fechas pero reservando el nombre de las personas al estimar que tal dato tenía el carácter de personal.

Los comisionados del IVAI ordenaron a la Secretaría la entrega de los nombres de los beneficiarios, ya que han reconocido en diversas ocasiones la relevancia pública que tienen ciertos datos personales. En este caso se razonó que las personas físicas que obtienen un beneficio o lucro con recursos públicos renuncian implícitamente a una parte de su derecho a la intimidad y además la condonación del pago de cuotas se llevó a cabo con recursos públicos.

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