$70.10 es el salario mínimo en México
René Sánchez García
En México (dentro de la estructura del gobierno federal) existe lo que se llama Comisión Nacional de los Salarios Mínimos, misma que se encarga de investigar la situación económica de los trabajadores en todo el país, así como proponer los nuevos montos de los salarios mínimos para todos los trabajadores asalariados no profesionales, así como aprobar por zonas económicas los nuevos aumentos salariales. Esta Comisión está integrada por representantes del Consejo Nacional Empresarial, por gente de los distintos sindicatos de trabajadores (léase por ejemplo CTM, por citar uno) y por autoridades del Congreso del Trabajo, y se reúnen año con año para estudiar el monto posible que se puede aumentar, considerando la fluctuación de las economías internacionales y de nuestro país.
El año pasado el país estaba divido en tres zonas económicas (A, B y C), dependiendo de su potencial, ya sea industrial, comercial, agrícola o de servicios. A partir del mes de octubre de 2015, por disposición de ellos sólo habrá una zona económica y el salario mínimo diario por ocho horas de trabajo fue aumentado en DOS PESOS CON CINCUENTA CENTAVOS, esto es, pasó de $ 67.60 a $ 70.10. Sí, ahora, cualquier patrón deberá pagar como mínimo por ocho horas de trabajo la cantidad de SETENTA PESOS CON DIEZ CENTAVOS, a cualquier hombre o mujer que se desempeñe como: albañil, cajero, carpintero, cocinero, chofer, electricista, empleado, herrero, hojalatero, lubricador, despachador de gasolinas, mecánico, pintor, peluquero, estilista, plomero, radio técnico, recamarera, reportero de prensa, sastre, auxiliar de oficina, conserje, velador, vaquero, zapatero, etc.
Cabe aclarar que esta cantidad de $ 70.10 es lo mínimo que se debe pagar para no violar la Ley. Queda a criterio de los patrones considerar los riesgos de los trabajos para poder conceder otro poco más (de $70.10 a $105.70, asunto que a nivel nacional es poco probable, ya que se siguen considerando a estos como trabajadores no profesionales, cuyo único requisito es tener 18 años y una escolaridad de primaria a bachillerato. Con este gran aumento, mismo que se considera como un gran esfuerzo de la clase empresarial, el trabajador (junto con su familia) tendrá que comer, vestir, transportarse, educar a sus hijos, divertirse y medicinarse cuando el IMSS no le proporcione la atención debida, a consecuencia del desabasto y la desorganización que priva actualmente en todos los servicios de salud nacional.
La propuesta de la Comisión Nacional de los Salarios Mínimos fue aprobada y publicada el 30 de septiembre de 2015, para entrar en vigor el 1º. de octubre, esto es, al día siguiente. El trabajador seguirá pagando su parte proporcional del IMSS y su cuota sindical o de agrupación, que es por lo regular quien defiende sus derechos laborales. Asunto anterior que no corresponde con la realidad nacional, donde los precios de los productos y los servicios necesarios a los que no podemos renunciar, suben cada vez más, por lo que el aumento sólo servirá a los trabajadores mexicanos para comer migajas.
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