ADVIERTE MINISTRO LAYNEZ REGRESO AL PODER CONCENTRADO
ADVIERTE MINISTRO LAYNEZ REGRESO AL PODER CONCENTRADO
Claudia
Salazar
Agencia
Reforma
Ciudad
de México 9 julio 2024.- El Ministro Javier Laynez Potisek defendió las figuras
de control constitucional en el Poder Judicial y advirtió que su eliminación
puede significar el regreso al Poder concentrado en los poderes Ejecutivo y
Legislativo.
Durante su participación en los foros sobre la
reforma judicial propuestas por el Ejecutivo federal, advirtió que no puede
haber retrocesos en el reconocimiento de derechos humanos, aunque en ocasiones,
aceptó, se afecten políticas públicas.
También cuestionó que se generalice sobre la
corrupción en el Poder Judicial porque se habla de más de 30 mil personas.
En el foro de este martes en Chiapas se abordó
la propuesta en la iniciativa presidencial de prohibir la suspensión general de
una ley cuando se resuelven juicios de amparo y controversias constitucionales.
«Se nos dice: este Poder Judicial ha
excedido su labor como contrapeso. Hay que revisar el control y a lo mejor
regresar el control concentrado. Revisémoslo, ¿por qué no?
«(Revisar) si habría que modificar la
Constitución, ustedes tendrán la posibilidad de hacerlo, para decir ya los
jueces, un juez local, no puede dejar de aplicar una norma, aunque sea
violatoria de derechos humanos. Que lo haga mejor en el amparo. Perfecto»,
expuso sobre la implicación de prohibir los efectos generales en los
resolutivos.
Advirtió que a finales del siglo pasado se
dieron las reformas para avanzar a una división de Poderes más realista, hacia
la independencia del Poder Judicial, porque existía un «constitucionalismo
ficción».
Negó que a raíz de las reformas realizadas, el
Poder Judicial haya llegado a un exceso en la anulación de leyes, en la
resolución de controversias, violación al debido proceso parlamentario o por
reconocer interés legítimo.
Dijo que un avance de la democratización del País
fue reconocer a la Suprema Corte como un tribunal constitucional, para que
pudiera declarar la inconstitucionalidad en normas, aun cuando no hayan sido
aplicadas y con efectos generales.
«Esta reforma obedeció a que la
ciudadanía desde entonces reclamaba que el juicio de amparo era limitado, era
elitista y además era con efectos relativos», sostuvo en la sede del
Tribunal Superior de Justicia de Chiapas.
Explicó que esto fue un primer paradigma para
acercarse a los efectos generales de una ley.
«La controversia constitucional se
desarrolló, ya no se iban a ejercer las facultades metaconstitucionales del
Presidente de la República y entonces permitir que un municipio pueda defender
sus competencias frente al Estado», detalló.
Agregó que el juicio de amparo también
evolucionó de manera importante, como parte de reformas legislativas y no de
interpretaciones de los jueces.
Refirió que la reforma de derechos humanos de
2011 reconoció que estos son todos los que están en los tratados, que son ley
en México, y no sólo los que estén enumerados en la Constitución.
Entre esos derechos, precisó, está el interés
legítimo.
«Este interés legítimo que ha permitido a
los grupos más vulnerables y a las personas que menos tendrían acceso, porque
no tienen un interés jurídico, a proteger el medioambiente, a proteger los
derechos culturales y los derechos sociales.
«Interés legítimo. Sí, es cierto que no
está bien definido, lo tuvo que ir creando la Corte por jurisprudencia. Pero,
por favor, seamos cuidadosos, cuidado con violar el principio de
regresividad», sostuvo.
Explicó que el argumento del interés legítimo
es el que ha permitido a las comunidades ejidales e indígenas defenderse, como
en el caso de la autorización de una planta eólica en Yucatán, porque con
interés jurídico jamás se hubiera podido cancelar por la falta de manifestación
de impacto ambiental.
«El amparo es control, no sólo del poder
político, sino de los poderes fácticos», remarcó el Ministro.
Sobre la anulación de leyes por proceso
legislativo, dijo que no se ha abusado.
«La jurisprudencia de la Corte que
permite revisar el proceso legislativo data de 2008, fue la primera y fue
expedida precisamente por los grupos minoritarios que no eran escuchados en los
Parlamentos.
«En 1994, la jurisprudencia 942001
evoluciona para ser respetuosos y decir no cualquier vicio en el procedimiento
legislativo es invalidante, sólo tres, votaciones, publicidad y, por favor, que
escuchen, que el proceso no esconda a las minorías una iniciativa o una
dictaminación.
«Únicamente como dato curioso, ¿sí?,
desde 1996, la Corte ha abordado este punto en 221 asuntos. ¿Saben cuántas
declaratorias de leyes federales lleva? Cuatro. Respetuosamente no veo el abuso
de la Corte por proceso legislativo», expuso a los presentes.
En cuanto al control que hay sobre consultas
indígenas, Laynez indicó que ésta con frecuencia no es respetada por los
legisladores.
Dijo que de 116 asuntos, en 91 nunca se
consulta a las comunidades indígenas.