APROBADO PROCEDIMIENTO DE INSACULACIÓN PARA ELECCIÓN DEL PODER JUDICIAL
APROBADO PROCEDIMIENTO DE INSACULACIÓN PARA ELECCIÓN DEL PODER JUDICIAL
· En Sesión Ordinaria,
se llevó a cabo para los once distritos judiciales del estado
Xalapa, Ver., 20 de enero de 2025.- La LXVII
Legislatura aprobó el procedimiento de insaculación para la elección de
personas juzgadoras por el que se determina qué cargos del Poder Judicial del
Estado se renovarán en el Proceso Electoral Extraordinario 2024-2025.
En la Decimosexta Sesión Ordinaria, se llevó a cabo
además dicho procedimiento para el caso de los once distritos judiciales: I
Pánuco, II Ozuluama, IV Huayacocotla, V Chicontepec, VI Tuxpan, VIII Papantla,
X Jalacingo, XVII Veracruz, XVIII Cosamaloapan, XIX San Andrés Tuxtla y XXI
Coatzacoalcos.
En el Recinto Oficial de Sesiones, el secretario de la
Mesa Directiva, diputado Felipe Pineda Barradas, por instrucciones de la
presidenta de la misma, diputada Tanya Carola Viveros Cházaro, realizó por
separado los once procesos de insaculación, en el orden numérico de cada
distrito judicial.
La legisladora mencionó los nombres de las personas
que participarían en el procedimiento de insaculación y el número de
extracciones que se realizarían conforme al orden numérico de cada distrito
judicial.
A su vez, el diputado procedió a introducir una
papeleta por cada esfera con el nombre de cada persona a insacular y depositaba
las esferas en una urna transparente; tras revolver las esferas, extraía las
esferas de la urna, las abría para mostrar el nombre anotado en la papeleta y
mencionaba el nombre de la persona insaculada que no participará en el proceso
electoral.
Para dar la mayor transparencia al procedimiento,
extrajo de la urna cada una de las restantes esferas y mostró las papeletas
contenidas en éstas con los nombres de las personas que no fueron insaculadas.
Finalizado cada proceso de insaculación, la presidenta
de la Mesa Directiva dio a conocer los cargos que serán renovados en el proceso
electoral extraordinario 2024-2025 en cada distrito judicial materia de insaculación,
mismos que serán incorporados al listado de los cargos de los distritos
judiciales en los que no fue necesario insacular para depurar las listas.