Coatepec

Aprueban diputados desafuero del Presidente Municipal de Coatepec

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• De manera unánime, con 43 votos, los legisladores determinaron que Roberto Pérez responda ante la justicia por la acusación de la Fiscalía General del Estado, como presunto autor intelectual del homicidio del extesorero Guillermo Pozos
MINATITLÁN, VER.El pleno de la LXIII Legislatura del Estado aprobó con 43 votos, de manera unánime, el Dictamen de Declaración de Procedencia, desafuero y separación del cargo del presidente municipal de Coatepec, Roberto Pérez Moreno, quien estará en condiciones de afrontar ante las autoridades la acusación de la Fiscalía General del Estado (FGE) como presunto autor intelectual del homicidio del tesorero de este ayuntamiento, Guillermo Pozos Rivera.

Durante la sesión ordinaria foránea celebrada en la ciudad de Minatitlán, los diputados resolvieron este Dictamen en privado, de acuerdo con el artículo 85, fracción VIII, del Reglamento para el Gobierno Interior del Poder Legislativo, y desaforaron al Edil, al considerar que se cumplen los requisitos legales para presumir su participación en el ilícito mencionado.

La Comisión Permanente Instructora, integrada por los diputados Juan Manuel Velázquez Yunes, Édgar Hugo Fernández Bernal y Raúl Zarrabal Ferat, presidente, secretario y vocal, respectivamente, concluyó que de acuerdo con el estudio y la revisión de la investigación ministerial UIPJ-DXII/4°/165/2014, se determinó la Declaración de Procedencia, y de esta manera Pérez Moreno pierde el fuero constitucional.

Se estipuló además que durante el proceso, la parte legal defensora del Presidente Municipal renunció al término otorgado para aportar pruebas.

Como resultado de la Declaración de Procedencia, Pérez Moreno queda inhabilitado para desempeñarse como presidente municipal de Coatepec, y afrontará y responderá ante el órgano jurisdiccional correspondiente por las acusaciones de la FGE en su contra.

Esta sesión se celebró en la ciudad de Minatitlán, con base en el artículo 28 de la Constitución Política del Estado, que estipula que el Congreso podrá cambiar su sede provisional por acuerdo de las dos terceras partes de sus integrantes y que sesionará por lo menos una vez al año en la cabecera municipal de la zona norte, centro o sur de la entidad

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