Aprueban Ley de Seguridad Pública
Aprueban Ley de Seguridad Pública
El Congreso del Estado
aprobó, con 32 votos a favor, nueve en contra y cero abstenciones, la creación
de la Ley del Sistema Estatal de Seguridad Pública para Veracruz, tiene por
objeto regular la coordinación entre el estado y los municipios y de ambos con
la federación, mediante la integración, la organización y el funcionamiento del
Sistema Estatal de Seguridad Pública.
Así también, establece el
marco jurídico aplicable al Servicio Profesional de Carrera en las
Instituciones de Seguridad Pública, conforme a la distribución de competencias señaladas
en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y la Ley General
del Sistema Nacional de Seguridad Pública.
En el proyecto se expone que
la reforma al marco jurídico constitucional federal del 29 de enero de 2016
incluye la prevención de los delitos, la investigación y persecución de los
mismos, para hacer efectiva la seguridad pública; así también, comprende la
sanción de las infracciones administrativas, en términos de la ley, conforme
las competencias que la Constitución señala y que la actuación de las
Instituciones de Seguridad Pública se regirá por los principios de legalidad,
objetividad, eficiencia, profesionalismo, honradez y respeto a los derechos
humanos reconocidos por la propia Constitución de la República.
El dictamen advierte que
dichas adecuaciones son tan extensas que, a juicio del proponente, resulta
conveniente la creación de una nueva ley que considere todos los aspectos
señalados por las nuevas necesidades dadas con las reformas y leyes, con nuevas
atribuciones y facultades de los órganos que lo componen, se agregan de manera
explícita la responsabilidad y obligaciones de las autoridades municipales y se
observa la adición de la participación de los Comités de Participación
Ciudadana, homologándolos al Sistema de Seguridad Pública.
Asimismo, se contempla que
los servicios de carrera vigentes en las Instituciones de Seguridad Pública a
la fecha de entrada en vigor del ordenamiento, deberán ajustarse a los
requisitos, criterios y procedimientos que establecen la Ley General del
Sistema Nacional de Seguridad Pública y esta Ley, en un plazo no mayor a un
año.
A su vez, el personal
adscrito a las unidades, áreas u órganos de la Secretaría que cambien de
denominación serán readscritos a las nuevas estructuras administrativas que
absorban las funciones específicas que desempeñaban, y les serán respetados su
antigüedad y derechos que les correspondiere al momento de la entrada en vigor
del ordenamiento.