Aprueban reconocimiento de hijas e hijos
Aprueban reconocimiento de hijas e hijos
Con 39 votos a favor, sin votos en contra ni abstenciones, el Congreso aprobó
el dictamen con proyecto de Decreto que reforma y deroga diversas disposiciones
del Código Civil para el Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave, en materia
del reconocimiento de hijas e hijos ante el Registro Civil.
Esta reforma contempla que el reconocimiento de una hija o hijo nacido
fuera del matrimonio deberá hacerse en la partida de nacimiento, ante la
persona responsable del Registro Civil, por escritura pública, por testamento y
por confesión judicial directa y expresa.
Además, que todo acto del estado civil relativo a otro ya registrado
deberá anotarse en el acta correspondiente y el documento que dé lugar a la
anotación se insertará en el apéndice respectivo; que en el caso de no haberlo,
se formará, con excepción de las actas derivadas de un reconocimiento, para lo
cual, se atenderá lo dispuesto en el artículo 708.
Junto con esto, si el reconocimiento de una hija o un hijo nacido fuera
del matrimonio se hiciere después de haber sido registrado su nacimiento, se
expedirá una nueva acta de nacimiento con los datos objeto del reconocimiento
conservando mismo número de acta y fecha de registro.
Finalmente, si el reconocimiento se hace por alguno de los otros medios
establecidos en el Código Civil, se presentará al Encargado del Registro Civil
el original o copia certificada del documento que lo compruebe. En el acta de
nacimiento primigenia, se insertará la nota marginal relativa al reconocimiento
y la expedición de la nueva acta de nacimiento en términos del artículo 704.
