AVALAN 116 AYUNTAMIENTOS REFORMA AL ART. 11 CONSTITUCIONAL
AVALAN 116 AYUNTAMIENTOS REFORMA AL ART. 11 CONSTITUCIONAL
La Diputación
Permanente de la LXVI Legislatura dio a conocer el Informe de la Secretaría
General del Congreso del Estado respecto de la votación emitida por los
ayuntamientos de la entidad sobre el Decreto por el que se adiciona la fracción
III al Artículo 11 de la Constitución Política del Estado de Veracruz de
Ignacio de la Llave.
En dicho documento,
el secretario general del Congreso del Estado, Domingo Bahena Corbalá, informa
de la recepción de actas de sesiones de Cabildo de 116 ayuntamientos, en las
cuales constan los acuerdos de aprobación del Decreto votado por esta Soberanía
el 2 de agosto de este año.
Los ayuntamientos que aprobaron expresamente el proyecto y remitieron a este Congreso sus
respectivas actas de Cabildo son: Acajete,
Acatlán, Acayucan, Actopan, Acultzingo, Agua Dulce, Álamo Temapache,
Alpatláhuac, Alto Lucero de Gutiérrez Barrios, Alvarado, Amatlán de los Reyes,
Ángel R. Cabada, Astacinga, Atoyac, Camarón de Tejeda, Camerino Z. Mendoza,
Catemaco, Cerro Azul, Chacaltianguis, Chalma, Chiconquiaco, Chicontepec,
Chinameca, Chocamán, Chumatlán, Citlaltépetl, Coacoatzintla, Coatepec,
Coatzacoalcos, Coatzintla, Colipa, Comapa y Córdoba.
Además, Cosamaloapan, Cosautlán de Carvajal, El
Higo, Emiliano Zapata, Espinal, Gutiérrez Zamora, Hidalgotitlán, Huatusco,
Hueyapan de Ocampo, Huiloapan de Cuauhtémoc, Ilamatlán, Isla, Ixhuatlán del
Café, Ixhuatlán del Sureste, Ixtaczoquitlán, Jalacingo, Jáltipan, Jesús
Carranza, Jilotepec, José Azueta, Juan Rodríguez Clara, Juchique de Ferrer, Las
Choapas, Las Minas, Las Vigas de Ramírez, Lerdo de Tejada, Los Reyes, Martínez
de la Torre, Miahuatlán, Minatitlán, Misantla, Nanchital de Lázaro Cárdenas,
Naolinco, Naranjos Amatlán, Nogales, Oluta, Omealca, Otatitlán, Oteapan y Ozuluama.
Así como Pánuco, Papantla, Paso del Macho, Platón
Sánchez, Playa Vicente, Poza Rica de Hidalgo, Pueblo Viejo, Puente Nacional,
Rafael Lucio, Río Blanco, Saltabarranca, San Andrés Tenejapan, San Andrés
Tuxtla, San Juan Evangelista, San Rafael, Santiago Tuxtla, Soconusco, Soledad
de Doblado, Tancoco, Tantima, Tecolutla, Tempoal, Tenochtitlan, Teocelo,
Tepatlaxco, Tepetlán, Tequila, Texhuacan, Tezonapa, Tierra Blanca, Tlacotepec
de Mejía, Tlalnelhuayocan, Tlapacoyan, Tlilapan, Tomatlán, Totutla, Tuxpan,
Tuxtilla, Úrsulo Galván, Uxpanapa, Villa Aldama, Xalapa y Zongolica.
En virtud de lo
cual y en uso de la facultad que le confiere el Artículo 84 de la Constitución
Política local y con base en lo dispuesto por el Artículo 28 de la Ley
Reglamentaria del mismo Artículo 84, la LXVI Legislatura del Congreso del
Estado declaró aprobado el decreto mencionado.
La Mesa
Directiva de la Diputación Permanente turnó el Decreto al titular del Poder
Ejecutivo estatal para su promulgación y publicación en la Gaceta Oficial,
Órgano del Gobierno del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave.