CAMBIARÍAN FECHAS PARA INICIO DEL GOBIERNO Y LEGISLATURA
CAMBIARÍAN FECHAS PARA INICIO DEL GOBIERNO Y LEGISLATURA
- Propone
el diputado Juan Javier Gómez Cazarín reformas a la Constitución Política
del estado.
Xalapa, Ver.,
a 16 julio 2024.- Con el objetivo de contribuir a agilizar los relevos
gubernamentales en la entidad veracruzana mediante la adecuación del marco
jurídico local, el diputado Juan Javier Gómez Cazarín presentó una Iniciativa
con Proyecto de Decreto que reforma diversas disposiciones de la Constitución
Política del estado.
El proyecto
dado a conocer en la Octava Sesión Ordinaria del Segundo Período Ordinario del
Tercer Año de Ejercicio Constitucional plantea modificar el artículo 44 del
máximo ordenamiento estatal, a efecto de que la fecha de inicio del período de
quien encabece el Gobierno del Estado sea el 30 de septiembre del año de la
elección correspondiente.
El legislador
propone también modificar la fecha de inicio de funciones del Congreso del
Estado, que actualmente es el 5 de noviembre, a fin de que la Legislatura se
instale el 1 de septiembre del año de la elección, coincidiendo con lo previsto
en la Constitución General de la República para las dos Cámaras del Congreso de
la Unión y que se corresponde con la fecha en que la mayoría de los órganos
legislativos locales inician sus funciones.
Asimismo,
plantea modificaciones a las fechas de los períodos de sesiones ordinarias del
Congreso del Estado, de tal modo que el primero se celebre a partir del 1 de
septiembre y que concluya el 15 de diciembre, prorrogable por quince días, en
el año de renovación de gubernatura, en tanto que el segundo período tendría
lugar del primer día de abril hasta el último del mes de junio.
En cuanto a la
fecha de presentación del Informe del estado que guarda la Administración
Pública Estatal, que el titular del Poder Ejecutivo al Congreso del Estado
rinde cada 15 de noviembre, se realizaría el 10 de septiembre, a fin de que en
el último año de ejercicio exista un plazo razonable para las comparecencias de
las y los titulares de las dependencias y de quien ocupe la gubernatura del
estado, con motivo de la glosa del Informe.
El Presidente
de la Junta de Coordinación Política de esta Legislatura consideró conveniente
hacer lo conducente respecto de las fechas para la presentación del presupuesto
para el ejercicio fiscal del año siguiente ante el Congreso del Estado, por
parte de la o del titular del Poder Ejecutivo, de manera que se efectúe durante
la última quincena de octubre, excepto en el año en que se renueven
conjuntamente el Ejecutivo y el Congreso, en el que la presentación del
presupuesto se realizaría a más tardar el 15 de noviembre, como ocurre en el
ámbito federal.
El Coordinador
del Grupo Legislativo de Morena aclara que, con el propósito de evitar normas
contrarias a la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos o la
posible afectación a los derechos político-electorales de las y los ciudadanos,
en la Iniciativa no se prevé reducir o aumentar los períodos de las personas
recientemente elegidas para ocupar la gubernatura y las diputaciones, por lo
que las normas propuestas, referentes al inicio de funciones, serían aplicables
con posterioridad a la conclusión de los mandatos conferidos a dichas personas.
De esta
manera, la persona que ocupe la gubernatura a partir del 1 de diciembre próximo
desempeñará el cargo hasta el 30 de noviembre de 2030; la persona que sea
elegida gobernadora o gobernador en 2030 asumirá el cargo el 1 de diciembre de
ese año y concluirá su período el 29 de septiembre de 2036, para que quien le
suceda inicie su período constitucional de seis años el 30 de septiembre de esa
misma anualidad.
De igual modo,
se prevé que las diputadas y los diputados locales electos en los comicios de
2027 inicien sus funciones el 5 de noviembre de ese mismo año y concluyan el 31
de agosto de 2030, de modo que la legislatura posterior sea instalada el 1 de
septiembre de ese año.
La Iniciativa
con Proyecto de Decreto que reforma los artículos 21, párrafo segundo; 25,
párrafo primero; 26, fracción I, inciso a); 44, párrafo primero, y 49, fracción
XXI, de la Constitución Política del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave
fue turnada a la Comisión Permanente de Justicia y Puntos Constitucionales.