CHOCAN EN EL TEPJF POR PROPAGANDA DE ELECCIÓN
CHOCAN EN EL TEPJF POR PROPAGANDA DE ELECCIÓN
Manuel Alejandro Álvarez
Torres
Agencia Reforma
Ciudad de México 9 abril
2025.- En el Tribunal Electoral (TEPJF) hay un choque de criterios sobre la
promoción de la elección judicial, a través de los Gobiernos y los servidores
públicos de todos los niveles.
El TEPJF recibió 42
impugnaciones en contra de los criterios de imparcialidad que avaló el INE el
29 de marzo y donde se establece que ni Gobiernos ni servidores públicos pueden
convocar a la participación ciudadana para la elección judicial.
En su proyecto para 37 casos,
el Magistrado Felipe de la Mata propuso avalar la propaganda oficial de esta
elección, con el argumento de que el artículo 134 constitucional no prohíbe esa
difusión, sino que no influya en la contienda.
«Los Poderes de la Unión,
los Poderes de las entidades federativas, y servidores públicas pueden promover
el voto y la participación ciudadana», indica De la Mata en su proyecto.
Sin embargo, la Magistrada
Janine Otálora, que atendió 5 impugnaciones sobre el mismo tema, determinó que
no se pueden usar recursos públicos para esos fines, pues esa tarea corresponde
al Instituto Nacional Electoral.
Ambos proyectos deberán ser
analizados en la sesión de hoy miércoles del Tribunal Electoral.
Argumenta que la Constitución
es clara al establecer que el INE tiene la atribución «exclusiva» de
promover la participación ciudadana en un proceso electoral.
«Acorde al régimen
constitucional y legal que sustenta su existencia, naturaleza y facultades,
corresponde al INE la atribución exclusiva de realizar actividades tendentes a
la promoción del voto y de la participación ciudadana», indica.
Además, aclara, el propio
Congreso aprobó esa restricción, al establecer en la Ley General de
Instituciones y Procedimientos Electorales que está «prohibido el uso de
recursos públicos para fines de promoción y propaganda relacionados con los
procesos de elección de personas integrantes del Poder Judicial».
«La disposición que cuestionan
las personas inconformes fue válida y legalmente emitida por el INE, al recoger
prohibiciones que estableció el propio constituyente permanente y el legislador
ordinario», establece su proyecto.
De acuerdo con funcionarios
del Tribunal Electoral, Otálora no tiene los tres votos necesarios para que su
proyecto sea aprobado.