Congreso no ratifica a dos magistrados del Poder Judicial
Congreso no ratifica a dos magistrados del Poder Judicial
· Son la magistrada Martha
Ramírez Trejo y del magistrado Julio César Díaz, cuyo encargo concluye el
próximo 31 de diciembre.
La LXV
Legislatura del Estado de Veracruz aprobó los Acuerdos por los que se determina
no ratificar en el cargo a la magistrada Martha Ramírez Trejo y al magistrado
Julio César Díaz Hernández, cuyo encargo concluye el próximo 31 de diciembre.
Lo anterior,
con fundamento en las disposiciones establecidas en la Constitución Política de
los Estados Unidos Mexicanos, así como de los Principios Básicos Relativos a la
Independencia de la Judicatura de las Naciones Unidas, de las Leyes Orgánicas
del Poder Legislativo y del Poder Judicial y del Reglamento para el Gobierno
Interior del Poder Legislativo, todos del Estado de Veracruz de Ignacio de la
Llave.
De esta manera
y tras el voto a favor de las diputadas y diputados, no tienen derecho al
periodo de cinco años más en el cargo.
En ambos
casos, las y los integrantes de la Jucopo tomaron en consideración los
dictámenes técnicos no favorables emitidos por el Consejo de la Judicatura del
Poder Judicial del Estado.
Esta
determinación será comunicada por oficio al gobernador del Estado, ingeniero
Cuitláhuac García Jiménez, y a la presidenta del Tribunal Superior de Justicia
y del Consejo de la Judicatura, magistrada Isabel Inés Romero Cruz, así como a
la Magistrada y al Magistrado referidos, para su conocimiento y efectos legales
a que haya lugar.
De igual
forma, en el Acuerdo se establece que, conforme al
Artículo 59, segundo párrafo de la Constitución Política local, corresponde a
este Poder Legislativo ratificar o no, de manera independiente, a los
Magistrados del Poder Judicial del Estado, sin injerencia de algún otro ente o
poder público. Eso significa que se está ante un acto soberano, emitido en uso
de facultades discrecionales y, por tanto, ese acto no estima una posible
revisión constitucional.
Como así
sostiene la jurisprudencia 25/2020, de la Segunda Sala de la Suprema Corte de
Justicia de la Nación (SCJN), con registro digital 2022075, de rubro
“Magistrados de las Entidades Federativas, su elección es un acto soberano
emitido en uso de facultades discrecionales, por lo que en su contra no procede
el juicio de amparo, en términos del artículo 61, fracción VII, de la Ley de la
materia”.
Tras la
aprobación, la presidenta de la Mesa Directiva, diputada Adriana Paola Linares
Capitanachi, instruyó a la Secretaría General de este Congreso turnar el referido
Acuerdo al Ejecutivo para su publicación en la Gaceta Oficial del Estado y su
posterior entrada en vigor.