Convocatoria para el Consejo Estatal Ciudadano
Convocatoria para el Consejo Estatal Ciudadano
Xalapa, Ver., a 9 de marzo 2022.- Debido a que en el Consejo Estatal
Ciudadano hay seis vacantes que deben cubrirse a la brevedad, la Comisión
Permanente de Gobernación de la LXVI Legislatura aprobó y acordó emitir la
convocatoria pública para seleccionar y subsecuentemente nombrar a las personas
que ocuparán estos cargos.
En reunión celebrada este 9 de marzo, la instancia legislativa integrada
por los diputados Margarita Corro Mendoza, Paul Martínez Marie y Genaro Ibáñez
Martínez, presidenta, secretario y vocal, respectivamente, dio su aval para
garantizar debidamente el cumplimiento de lo dispuesto en la Ley 677 en Materia
de Desaparición de Personas para el Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave.
A la fecha, hay seis vacantes en el Consejo Estatal Ciudadano, de las
cuales, una es para familiar de persona desaparecida de la región norte; una
para familiar de persona desaparecida de la región centro; dos para personas
especialistas en la protección y defensa de los derechos humanos, la búsqueda
de personas o no localizadas o en la investigación y persecución de los delitos
previstos en la Ley General y, por último, dos para representantes de
organizaciones de la sociedad civil de derechos humanos.
De esta manera, la Comisión da a conocer la convocatoria, que será publicada en la página oficial www.legisver.gob.mx, para que sean
postuladas y postulados quienes aspiren al cargo de Persona Consejera
Ciudadana, integrante del Consejo Estatal Ciudadano, Órgano del Mecanismo
Estatal de Coordinación en Materia de Búsqueda de Personas.
Las personas que sean registradas como familiares de personas
desaparecidas deberán proporcionar, entre otros documentos, una carta en la que
manifieste su voluntad de participar en el proceso, escrito en el que exprese
sus razones o motivos por el que desea ocupar el cargo, identificación oficial
con fotografía, documento por el cual manifieste el no haber sido sancionado en
algún proceso administrativo o penal y su hoja de vida, en el que destaque los
criterios de elegibilidad.
Los aspirantes como especialistas en la protección y defensa de los
derechos humanos, la búsqueda de personas desaparecidas o no localizadas, en la
investigación y persecución de los delitos previstos en la Ley General deben
presentar currículum vitae que señale
su formación académica o experiencia de, por lo menos, tres años, en la protección
y defensa de los derechos humanos, búsqueda de personas desaparecidas o no
localizadas, investigación y persecución de delitos de desaparición forzada de
personas o desaparición cometida por particulares.
Quienes aspiren al cargo como representantes de organización de la sociedad
civil de derechos humanos deben proporcionar: currículum vitae que contenga su formación académica o experiencia
en materia de protección y defensa de derechos humanos, carta de postulación
expedida por la organización u organizaciones de la sociedad civil que va a
representar y documento en el que manifieste su voluntad expresa de participar
en el proceso.
De acuerdo con la convocatoria, toda la
documentación debe ser dirigida a la presidenta de la Comisión Permanente de
Gobernación, diputada Margarita Corro Mendoza, y será recibida a través de www.legisver.gob.mx/registroEventos/registroCEC
El periodo de recepción de documentos constará
de diez días hábiles posteriores a la publicación de la convocatoria. En caso
de que dentro de este plazo no se hubiere recibido el mínimo de postulaciones
necesarias para cubrir las vacantes correspondientes, el periodo de recepción
de documentos se podrá prorrogar hasta por diez días más.
El artículo 42 de la Ley en Materia de Desaparición
dispone que el Consejo Estatal Ciudadano tiene entre sus funciones: proponer a
la Comisión Estatal de Búsqueda y a las autoridades del mecanismo estatal acciones
para acelerar o profundizar sus labores, impulsar ante las instituciones las
estrategias que amplíen sus capacidades, incluidos periciales y forenses, así
como mejorar el cumplimiento de programas, los lineamientos para el
funcionamiento de los registros, bancos y herramientas de la legislación
general, entre otros.