Covid-19, Voluntad Anticipada y Testamento
Covid-19, Voluntad Anticipada y Testamento
Por Salvador Muñoz
Tenemos leyes y políticas públicas
para Bien Vivir, pero también tenemos para Bien Morir que es la Voluntad
Anticipada, que curiosamente, en estos tiempos de Pandemia, deberíamos de tomar
en cuenta junto con otro tema que, se quiera o no, guste o no, va de la mano:
el testamento.
Leo una entrevista que le hacen en Al
Calor Político a Armando Adriano Fabre, titular de la Notaría Pública 61
asentada en Boca del Río, donde aborda el tema de la Voluntad Anticipada,
propuesta que llevó en su momento al Congreso local, la entonces diputada
Mariely Manterola Saenz.
Platico con el fedatario y si bien,
es un tema bastante complicado, pues en nuestra formación no se piensa en un
deceso, pero las condiciones a las que nos enfrentamos, como es esta Pandemia,
deben de obligarnos a prevenir, a cuidar, a proteger a nuestros seres queridos
así como a uno mismo… y para eso están las Leyes.
Se supone, me explica Adriano Fabre,
que cuando se llega a un Hospital, sea público o privado, alguien debe
ofrecerte un formulario por si quieres hacer patente tu deseo de aplicar la Ley
de Voluntad Anticipada…
Vamos por pasos, ¿qué es esta Ley?
Acá lo ponemos en tres puntos:
Artículo 1. Garantiza la atención
médica a enfermos en situación terminal, así como a la negativa de someterse
a medios, tratamientos y/o procedimientos médicos que pretendan prolongar de
manera innecesaria su vida, protegiendo en todo momento la dignidad de la
persona, cuando por razones médicas, fortuitas o de fuerza mayor, sea
imposible mantener su vida de manera natural.
Artículo 2. No permite ni faculta bajo
ninguna circunstancia la realización de conductas que tengan como consecuencia
el acortamiento intencional de la vida.
Artículo 3. Toda persona con plena
capacidad de ejercicio, en cualquier tiempo podrá manifestar su voluntad
anticipada de manera expresa, libre e informada en los términos de la presente
Ley, para decidir o no sobre la aplicación de tratamientos médicos en caso de
padecer una enfermedad derivada de una patología terminal, incurable e
irreversible y estar en situación terminal, en los términos de la presente
Ley.
El asunto es, me cuenta Armando
Adriano, ¿qué pasa si uno llega mal al Hospital, en este caso, por Covid-19, y
se le da este formulario y lo firma? ¡Aguas! porque se puede decir que iba
estresado, en shock, presa de nervios, ¡vamos! ¡hasta sedado! por eso
recomienda Armando Adriano que en un momento de paz, de tranquilidad,
considerar este derecho y si acaso lo decide, acudir ante el Notario de su
preferencia y hacer patente su voluntad de apegarse a esta Ley… “no es sabio el
que resuelve, sino el que previene”.
¿Parece cruel hablar de esto? Para
nuestra formación creada en un esquema de vida sin muerte, sí, pero hay dos
puntos que cualquier ciudadano debe tomar en cuenta, platica el Notario, desde
el momento en que se nace, nuestra vida empieza a morir, por así decirlo, y lo
más importante, estamos sujetos a disposiciones legales que si no se toman en
cuenta, pueden ocasionar más daño que el dolor de la pérdida de un ser querido:
pleitos entre familias, disputas, riñas… ahí entra la recomendación del
Testamento… dejen atrás esa idea de “¿Ya quieres que me muera?” y pasen al “No
les quiero dejar problemas”.
Tampoco es engorroso ir ante un
Notario para tratar estos dos puntos… y mucho menos caro… ahora sí, a veces
depende del sapo… aunque la idea básica en esta plática con Armando Adriano
Fabre, es comprender el momento en que estamos pasando por una pandemia que de
repente, ¡zaz! te lleva al Hospital… “parafraseando a Jorge Luis Borges: para
transformar la realidad, primero hay que reconocerla”… todos queremos bien
vivir, pero igual hay que pensar en el bien morir y eso es una decisión que
podemos tomar a tiempo con la idea central de no dejar problemas a nuestros
seres queridos… acá deja el tema sobre la mesa el Notario: Voluntad Anticipada
y Testamento… coméntelo en casa…
smcainito@gmail.com