DEL TEJAV FALTA DEFINIR LO LEGAL Y ADMINISTRATIVO
DEL TEJAV FALTA DEFINIR LO LEGAL Y ADMINISTRATIVO
Por José Luis Enríquez Ambell
La Sesión del H. Congreso del
Estado el lunes 24 de Agosto pasado resultó de las más importantes en la
historia de Veracruz por el calibre de las decisiones tomadas, arropada con la
presencia del Gobernador Don Cuitlahuac García y el Secretario de Gobernación
Don Adán Augusto López.
La primera, fue aprobar y
extender la presencia de las fuerzas armadas en labores de seguridad pública.
La segunda, el no aprobar el Informe que rindió el ORFIS sobre la revisión de
la cuenta pública 2021, incluida la del Gobierno Estatal y «la
tercera,» reformar la Constitución Política y desaparecer el (TEJAV).
Esa última nos lleva a
recapitular sobre la historia de la Justicia Administrativa en México y
Veracruz. En lo federal se creó en 1937 el Tribunal Fiscal de la Federación que
se regionalizo en 1978 y cambio de denominación a Tribunal Federal de Justicia
Administrativa en el año 2000, incorporando funciones de responsabilidad
administrativa de los servidores públicos y particulares.
En 1987 Veracruz contó con un
Tribunal Fiscal, sustituido por el Tribunal de lo Contencioso Administrativo, y
que formaba inicialmente parte del Poder Ejecutivo y después con las reformas constitucionales (1997), se
incorpora al Tribunal Superior de Justicia y en la reforma integral a la
Constitución del año 2000 se convierte
en un Tribunal Autónomo «contando desde entonces con Salas
Regionales.»
Ahora bien, el rediseño del
Sistema de Responsabilidades Administrativas de los servidores públicos y la
creación del Sistema Nacional Anticorrupción tuvo su efecto en los Estados y
tocó a Veracruz en 2017 crear el (TEJAV) y continuar la tramitación de los
juicios del extinto Tribunal e imponer sanciones a los servidores públicos
estatales como a municipales y a
particulares por la responsabilidad en la que incurran administrativamente, con
autonomía en todas sus determinaciones.
El Dictamen del 24 de Agosto
pasó por los cabildos antes de entrar en vigor, y en sus consideraciones señala
que existió un incumplimiento de las expectativas esperadas y también poca
funcionalidad en el combate a la corrupción por el TEJAV y la necesidad de una
sala especializada en todas las responsabilidades administrativas. Y se dice
que existió un nulo interés por sancionar de forma eficaz faltas
administrativas y delitos por hechos de corrupción, muestra de incapacidad para
atender y resolver los asuntos y trámites recibidos del entonces Tribunal de lo
Contencioso Administrativo.
El mismo Dictamen señala que
el nuevo Tribunal implementará una plataforma digital de visualización de las
sesiones en tiempo real al amparo de las nuevas tecnologías con la justicia, la
economía procesal y presupuestal, la facilitación de los justiciables para el
acceso a los expedientes y el trabajo en conjunto regional, sin la necesidad de
trasladarse a otro lado, aunado a los principios de transparencia y publicidad
que deben de permear en los procesos.
Se añade que existió
“irresponsabilidad y falta de vocación de servicio” al no resolver juicios
existentes y los nuevos. La Comisión «concluyó» en la necesidad de
extinguir al TEJAV, y planteando el aumento en el número de magistraturas a
seis (6) así como, la regionalización de Salas inclusive con la posibilidad de
contar con una sección especializada de responsabilidad administrativa.
«La intención de mejorar
la impartición de justicia administrativa en Veracruz es inobjetable,»
indicadores internacionales como el de World Justice Project, dice que nuestro
país ha descendido al lugar 115 de 140 países evaluados.
En resumen, el Dictamen de la
reforma constitucional avizora que se avecinan reformas en materia procesal y
que habrá que estar muy pendientes de todos los recursos presupuestales que se
destinen para la nueva estructura administrativa y sus requerimientos
tecnológicos.
UN CAFÉ CON DOBLE CARGA
¿ La justicia pidiendo
justicia ?
¡ ES CUANTO !
enriquezambell@gmail.com