ESTADIO “PIRATA” FUENTE… ¿PARA ABRIL O PARA MAYO?
ESTADIO “PIRATA” FUENTE… ¿PARA ABRIL O PARA MAYO?
Se desconoce a ciencia cierta entre la
población y opinión pública la realidad en torno a “la entrega” – protocolaria
– del Instituto de Espacios Educativos de Veracruz, los pormenores y estatus
por la asignación del contrato para “la rehabilitación” del Estadio “Pirata” de
la Fuente en Boca del Río, pues, de acuerdo con el Informe del Resultado
presentado por la Auditoría Superior de la Federación (ASF), de la revisión de
la Cuenta Pública 2022 y 2023, se sabe que existen irregularidades en el
procedimiento de la adjudicación de dicha obra, y, por supuesto, en la
ejecución de los trabajos, así como en los avances físicos y financieros.
Y es que la ASF detectó que hay dos empresas
que participaron en la licitación de dicho contrato y cuentan con un socio en
común, y así les fue permitido participar por la institución, por lo que el
ganador pudo haber tenido ventaja y, más aún, obtenido indebidamente el
contrato por más de 400 millones de pesos.
En ese sentido, el procedimiento, que se
convocó en diciembre del 2022 (con fondos federales), y que tuvo la
participación de las empresas Pegsa Construcciones SA de CV, Cieg SA de CV y
Consorcio Constructor e Industrial Trasnacional del Golfo, – estas dos primeras
empresas tienen en común como socio a Francisco Javier Ochoa Peral – lo que
llevaría a faltas que alcanzarían sanciones, igual a servidores públicos que a
personas del sector privado.
Cabe decir que la ASF puntualizó en su
oportunidad en informes que esa irregular práctica se replicó en otras
dependencias del Poder Ejecutivo de Veracruz en el sexenio de Cuitláhuac
García, como SEDARPA, SEV, SESVER y otras, y así el ente fiscalizador emitió
las promociones de responsabilidad administrativa sancionatoria para que su
Dirección General de Investigación averigüe, investigue y esclarezca los
hechos, y, en su caso, determine las presuntas responsabilidades
administrativas por las irregularidades de los servidores públicos, porque la
auditoría señala que hubo una deficiente revisión de la documentación
presentada por los participantes en los procedimientos de adjudicación y
contratación.
Así pues, esto estaría complicando la situación
a servidores públicos que hayan intervenido, pues, entre toda la documentación
que por ley se solicita a todos los participantes (estados financieros,
comprobantes de la experiencia en la materia, etc.), las personas morales deben
exhibir su acta constitutiva y las modificaciones a la misma, así como
acreditar la personalidad de sus representantes, y esto avisa que dichos
servidores no podrían alegar en su beneficio que desconocían la situación que
detectó la ASF.
Además, tanto la Ley de Obras Públicas y
Servicios Relacionados con las mismas, como la Ley General de Responsabilidades
Administrativas, son muy claras en establecer el impedimento para que empresas
con socios en común participen en las licitaciones, así como para establecer la
falta no grave a cargo de los servidores públicos que sean omisos en revisar la
documentación relativa.
Justo, el artículo 51, fracción VI, de la Ley
de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las mismas, establece que las
dependencias y entidades se abstendrán de recibir proposiciones o adjudicar
contrato alguno en las materias que regula dicha Ley, de las personas
licitantes que participen en un mismo procedimiento de contratación, que se
encuentren vinculadas entre sí por algún socio o asociado común, entendiéndose
por socio o asociado común, aquella persona física o moral que en el mismo
procedimiento de contratación es reconocida como tal en las actas
constitutivas, estatutos o en sus reformas o modificaciones de dos o más
empresas licitantes, por tener una participación accionaria en el capital
social que le otorgue el derecho de intervenir en la toma de decisiones o en la
administración de dichas personas morales.
Mientras que, por su parte, el artículo 49,
fracción II, de la Ley General de Responsabilidades Administrativas establece
que incurrirá en falta administrativa no grave el servidor público cuyos actos
u omisiones incumplan o transgredan la obligación de cerciorarse, antes de la
celebración de contratos de obra pública o servicios relacionados con esta, que
el particular manifieste bajo protesta de decir verdad que no desempeña empleo,
cargo o comisión en el servicio público o, en su caso, que, a pesar de
desempeñarlo, con la formalización del contrato correspondiente no se actualiza
un Conflicto de Interés, debiendo recabar las manifestaciones respectivas por
escrito y hacerlas del conocimiento del Órgano Interno de Control, previo a la
celebración del acto en cuestión. En caso de que el contratista sea una persona
moral, luego entonces dichas manifestaciones deberán presentarse respecto a los
socios o accionistas que ejerzan control sobre la sociedad.
DE
SOBREMESA
La capacidad del estadio bajará de 30,000 a
27,000 aficionados, y para un equipo de
la Liga de Expansión en la Liga MX pero los interesados en ascender o una
franquicia del máximo circuito, nos colocaría a la par de plazas como San Luis,
Mazatlán, Aguascalientes y Ciudad Juárez.
UN CAFÉ
LECHERO LIGHT
Nadie lo ha confirmado, pero se habla que los
Toros de Celaya cambiarán sede del Estadio Miguel Alemán en la capital de la
Cajeta al Pirata Fuente.
UN CAFÉ
CON DOBLE CARGA
Las intenciones de Bernardo Pasquel – dueño del
Águila de Veracruz en la Liga Mexicana de Béisbol – en busca de regresar el
fútbol profesional, después de la
desafiliación de los Tiburones Rojos en el 2019, alimenta esperanza social y
económica para la entidad, pues el impacto de este deporte de masas mueve
finanzas en muchos sectores del desarrollo.
UN CAFÉ
CON PIQUETE
El Estadio Luis “Pirata” de la Fuente, podría
llevar algún «nombre adicional» en su reapertura, por acuerdos con
anunciantes y patrocinadores.
¡ES
CUANTO!