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EXHORTAN IMSS A ASEGURAR A PERSONAS TRABAJADORAS DEL HOGAR

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EXHORTAN IMSS A ASEGURAR A PERSONAS TRABAJADORAS DEL HOGAR

El Instituto Mexicano del Seguro Social exhorta a los patrones a darlos de alta para dar seguridad social a ellos y sus familias, a fin de garantizar el acceso a la seguridad social a las personas trabajadoras del hogar, que generalmente pertenecen a un sector vulnerable de la población.

 

La subdelegada en Cosamaloapan, Teresa de Jesús  Oseguera Aguilera, explicó que el seguro para Personas Trabajadoras del Hogar permite disfrutar de servicios médicos, hospitalarios, farmacéuticos y atención obstétrica; pensión por invalidez y vida; fondo para el retiro y prestaciones sociales dentro de las que se encuentran velatorios y guarderías.

 

Con la protección que otorga la seguridad social, se pueden beneficiar a la esposa (o), concubina(o), hijos e hijas y padres de la persona trabajadora del hogar.

 

“Hablamos de personas trabajadoras del hogar cuando se trata de un trabajo remunerado que presta los servicios de aseo, asistencia o actividades inherentes al hogar de una persona o familia, se trabaja con uno o varios patrones, pueden vivir o no en su lugar de trabajo”, explicó la subdelegada.

 

El trámite de alta se puede hacerse de manera presencial en la Subdelegación IMSS más cercana, o bien en la página http://www.imss.gob.mx/personas-trabajadoras-hogar/inscripcion sólo se requiere tener a la mano la siguiente información del patrón: CURP, correo electrónico, domicilio, datos de contacto y de manera opcional Registro Federal de Contribuyentes (RFC).

 

 

Los datos de la persona trabajadora del hogar se requieren son: el Número de Seguridad Social, CURP, domicilio, salario diario y días laborados. Con esa información se genera el formato de incorporación y línea de captura para el pago, mismo que se puede realizar en la ventanilla bancaria, o a través de tu banca en línea.

 

También, mencionó que dependiendo del número de patrones al que preste servicios la persona trabajadora del hogar, salario percibido y días laborados con cada patrón es que se calculará el pago.

 

La titular de la Subdelegación de Cosamaloapan explicó que se tendrá hasta el día 20 de cada mes para realizar el pago de las cuotas obrero-patronales, en caso de ser día inhábil, podrá efectuarse el primer día hábil inmediato a esta fecha. El aseguramiento será a partir del primer día del mes siguiente y por los días que labora con el patrón.

 

Para mayor información ingrese al portal http://www.imss.gob.mx/personas-trabajadoras-hogar/ o bien acuda al Departamento de Afiliación-Vigencia de la Subdelegación más cercana de lunes a viernes de 8:00 a 16:00 horas.