EXHORTAN IMSS A ASEGURAR A PERSONAS TRABAJADORAS DEL HOGAR
EXHORTAN IMSS A ASEGURAR A PERSONAS TRABAJADORAS DEL HOGAR
El
Instituto Mexicano del Seguro Social exhorta a los patrones a darlos de alta
para dar seguridad social a ellos y sus familias, a fin de garantizar el acceso
a la seguridad social a las personas trabajadoras del hogar, que generalmente
pertenecen a un sector vulnerable de la población.
La subdelegada en Cosamaloapan, Teresa de
Jesús Oseguera Aguilera, explicó que el seguro
para Personas Trabajadoras del Hogar permite disfrutar de servicios médicos,
hospitalarios, farmacéuticos y atención obstétrica; pensión por invalidez y
vida; fondo para el retiro y prestaciones sociales dentro de las que se
encuentran velatorios y guarderías.
Con la protección que otorga la seguridad
social, se pueden beneficiar a la esposa (o), concubina(o), hijos e hijas y
padres de la persona trabajadora del hogar.
“Hablamos de personas trabajadoras del hogar
cuando se trata de un trabajo remunerado que presta los servicios de aseo,
asistencia o actividades inherentes al hogar de una persona o familia, se trabaja
con uno o varios patrones, pueden vivir o no en su lugar de trabajo”, explicó
la subdelegada.
El trámite de alta se puede hacerse de manera
presencial en la Subdelegación IMSS más cercana, o bien en la página
http://www.imss.gob.mx/personas-trabajadoras-hogar/inscripcion sólo se requiere
tener a la mano la siguiente información del patrón: CURP, correo electrónico,
domicilio, datos de contacto y de manera opcional Registro Federal de
Contribuyentes (RFC).
Los datos de la persona trabajadora del hogar
se requieren son: el Número de Seguridad Social, CURP, domicilio, salario
diario y días laborados. Con esa información se genera el formato de
incorporación y línea de captura para el pago, mismo que se puede realizar en
la ventanilla bancaria, o a través de tu banca en línea.
También, mencionó que dependiendo del número de
patrones al que preste servicios la persona trabajadora del hogar, salario
percibido y días laborados con cada patrón es que se calculará el pago.
La titular de la Subdelegación de Cosamaloapan
explicó que se tendrá hasta el día 20 de cada mes para realizar el pago de las
cuotas obrero-patronales, en caso de ser día inhábil, podrá efectuarse el
primer día hábil inmediato a esta fecha. El aseguramiento será a partir del
primer día del mes siguiente y por los días que labora con el patrón.
Para mayor información ingrese al portal
http://www.imss.gob.mx/personas-trabajadoras-hogar/ o bien acuda al
Departamento de Afiliación-Vigencia de la Subdelegación más cercana de lunes a
viernes de 8:00 a 16:00 horas.