Funcionarios: El incumplimiento de una obligación
Funcionarios: El incumplimiento de una obligación
-Los casos de COVID-19 en el estado siguen en
aumento
-De poco sirvió restringir la movilidad de vehículos
-Se debe de hacer forzoso el uso de tapabocas
Por
Miguel Angel Cristiani Gonzalez
Luego de que el pasado fin de semana, del 28 de
enero al 02 de febrero, fue restringida la movilidad en 84 municipios en el
estado, a fin de evitar aglomeraciones en los centros de las cabeceras, las
cifras de pacientes del coronavirus COVID-19 continúan imparables al alza.
La realidad es que en muy poco sirvió la medida de
prohibir el tránsito vehicular en algunas de las principales arterias en los
municipios, por el contrario, en las calles sin vehículos, la gente salió hasta
más confiada, a caminar tranquilamente por las avenidas, como de hecho ocurrió
aquí en la capital del estado.
Y los datos oficiales -que no significan la
realidad de los contagiados porque muchos no son registrados por el sector
salud- es que hasta la noche de este miércoles, hay estudiados 102 mil 181
casos, de los cuales tan solo 39 mil 733 resultaron negativos.
El número oficial de positivos acumulados es 51 mil
421 (+ 178 nuevos) en 209 municipios; los positivos activos ascienden a mil 137
y representan mayor riesgo por haber iniciado síntomas en los últimos 14 días.
En tanto, 798 se consideran sospechosos activos.
De igual manera, suman 7 mil 171 (+ 36 nuevos)
decesos en 194 demarcaciones y 11 mil 027 sospechosos continúan en
investigación.
La Secretaría de Salud ha registrado mil 137 los
casos, sin embargo, existe la posibilidad de que haya muchos más, puesto que
mucha gente no acude a la instancia correspondientes, convirtiéndose en
transmisor potencial.
Tal decisión, aunque sea calificada de imprudente,
pone de manifiesto también que no se confía en las autoridades de salud, ni en
sus recomendaciones, lo que ha provocado que nuestra entidad ocupe el color
naranja del Semáforo Epidemiológico nacional; aunque a nivel estatal 12
municipios están en rojo y 106 en naranja. Asimismo, incrementó la ocupación
hospitalaria en Poza Rica, Xalapa, Coatzacoalcos y Veracruz.
Pero no hay explicación para el motivo por el cual,
las autoridades estatales -responsables de atender la pandemia en la entidad,
se han limitado a reportar los datos de los pacientes y fallecimientos, en
lugar de ordenar medidas más obligatorias y efectivas para proteger a la
población, como lo es por ejemplo, el uso forzoso de los famosos tapabocas, que
se los ponen quienes quieren y los que no, pues no, aunque representan un
peligro para la transmisión del virus mortal.
Uno se tiene que cuestionar cuando ve a familias
enteras, adultos mayores, hombres, mujeres y niños, que andan en las calles sin
el cubre bocas ¿por qué las autoridades no han emitido un ordenamiento para que
sea obligatorio el traer cubierta la nariz y la boca en lugares públicos.?
Como nosotros no somos abogados ni juristas,
consultamos con nuestros amigos conocedores del tema, sobre si al no aplicar y
hacer obligatorio -como ya se hace en otros países- el uso del tapabocas,
estarían incurriendo en alguna falta que pudiera merecer hasta un castigo, nos
comentan que efectivamente, “Todas las personas que desempeñan una labor, un
empleo, cargo o comisión de carácter público, y de cualquier naturaleza, son
responsables de los actos u omisiones que cometan en el desempeño de sus
respectivas funciones.
De acuerdo al artículo 47 de la Constitución
Política de los Estados Unidos Mexicanos, las servidoras y los servidores
públicos tendrán las siguientes obligaciones para salvaguardar la legalidad,
honradez, lealtad, imparcialidad y eficiencia que deben ser observadas en el
ejercicio de sus actividades, pues el incumplimiento dará lugar al
procedimiento y a las sanciones que atañen según la legislación.
¿Qué pasa por incumplimiento de las obligaciones?
Para ciertos servidores públicos que en el
desempeño de sus funciones incurran en actos u omisiones que vayan en perjuicio
de los intereses públicos fundamentales se presenta una sanción política o
constitucional, en la que mediante un juicio político se puede determinar la
destitución o inhabilitación para desempeñar su cargo.
En los casos de falta administrativa, para las
servidoras y los servidores públicos cuyos actos u omisiones vayan en demérito
de la legalidad, lealtad, honradez, imparcialidad y eficiencia, puede inquirir
en atención a la gravedad: la amonestación privada o pública, la suspensión,
destitución o inhabilitación para desempeñar su empleo, cargo o comisión. En
algunos casos se ordenan sanciones económicas.”
Por eso es que no sería extraño, que alguna
asociación, barra o grupo de abogados conocedores del tema, pudieran presentar
una demanda en contra de los funcionarios que puedan resultar responsables de
no tomar las medidas mínimas indispensables, para evitar que los números de
pacientes y fallecimientos sigan creciendo en nuestro estado, que aunque lo
quieran pintar de naranja, la mayoría estamos y seguimos en rojo.