Habilita IMSS plataformas por COVID-19
tramitES DE incapacidad por COVID-19
Para reducir la movilidad y prevenir riesgos de contagios por COVID-19, el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) habilitó desde marzo de 2020 plataformas electrónicas para tramitar en línea el Permiso COVID-19, el cual es homologable a una incapacidad temporal para el trabajo.
Este permiso permite al trabajador protegerse
ante el patrón por ausentarse de sus labores durante un periodo determinado y recibir
un subsidio cuando cumpla con los requisitos establecidos en la Ley del Seguro
Social.
La solicitud del Permiso COVID-19 se realiza en
la página web del Instituto http://www.imss.gob.mx/covid-19/permiso, o bien por medio de la app IMSS Digital, seleccionando el cuestionario
Permiso COVID-19, ahora con la posibilidad de tramitarlo con una prueba positiva
de un laboratorio externo al IMSS.
El mecanismo para obtener esta nueva versión de
permiso por 10 días entró en vigor en enero de este año y consta en adjuntar la
prueba positiva de COVID de un laboratorio externo al IMSS, para validar esto,
un grupo de médicos del Instituto revisarán la autenticidad de esta prueba, así
como la vigencia de la misma.
También deberá adjuntarse una identificación
oficial por los dos lados y estado de cuenta con CLABE interbancaria no mayor a
tres meses a donde se desea el depósito por parte del IMSS del subsidio que le
corresponda, cuando el asegurado cuente con el derecho a recibirlo.
En caso de que no se cuente con una prueba
positiva de un laboratorio externo, el paciente deberá resolver un cuestionario
de tamizaje y se le expedirá un certificado por incapacidad de un día, esto
para que acuda a un Módulo de Atención Respiratoria del IMSS para hacerse una
prueba.
Dependiendo del resultado de la prueba aplicada
en el Módulo de Atención Respiratoria, se expide en ese momento el Permiso
COVID-19 para acumular el resto de los días hasta llegar a los 10.
En caso de que el paciente esté grave, intubado
o reincidente ante la enfermedad del SARS-CoV-2, el médico tratante será el
encargado de expedir la incapacidad correspondiente, ya que él determinará la
duración de la misma, y en caso de ser necesario, otorgar las incapacidades
subsecuentes.