Inicio de funciones del Centro de Conciliación Laboral
Inicio de funciones del Centro de Conciliación Laboral
A petición del
gobernador del estado, Cuitláhuac García Jiménez, y en cumplimiento al artículo
segundo transitorio de la Ley del Centro de Conciliación Laboral del Estado de
Veracruz de Ignacio de la Llave, el Pleno de la LXV Legislatura emitió la
declaratoria para que el Centro de Conciliación Laboral inicie sus funciones,
este 10 de septiembre, en cuanto a sus atribuciones administrativas.
En el mismo
sentido, el documento, puesto a consideración del Pleno por la Junta de
Coordinación Política (Jucopo), señala que las atribuciones conciliatorias y
jurisdiccionales del referido Centro y de los Juzgados Laborales del Poder
Judicial, ambos del estado, deberán entrar en vigor el 1 de octubre de este
año.
Lo anterior,
en cumplimiento al artículo segundo transitorio de la Ley del Centro de
Conciliación Laboral del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave, el cual
prevé que dicho Centro inicie operaciones con posterioridad a la declaratoria
que emita este Congreso, prevista en el transitorio cuarto del Decreto 531, que
reforma y adiciona diversas disposiciones de la Constitución Política del
estado en materia de implementación, en el nivel local, de la reforma federal
al Sistema de Justicia Laboral.
Con la activación
de los servicios de dichos órganos se ofrecerá el servicio público de
conciliación laboral para la solución de los asuntos de competencia local, en
una instancia previa al juicio ante los tribunales laborales, a fin de procurar
el equilibrio entre los trabajadores y patrones, de acuerdo con lo previsto por
la Ley Federal del Trabajo.
Además de la solución
de conflictos, una de las atribuciones del Centro de Conciliación Laboral será
impulsar la difusión y divulgación de sus servicios, llevándolos al público en
general para fomentar la cultura de paz; celebrar convenios entre las partes
del conflicto laboral, de conformidad con la Ley Federal del Trabajo, la Ley local
y su Reglamento, así como expedir constancias de no conciliación y copias
certificadas de los documentos que obren en los expedientes de los archivos del
Centro, entre otras.