LA DESMEMORIADA ALCALDESA
LA DESMEMORIADA ALCALDESA
Salvador Muñoz
Los Políticos
¿Por qué ha de sentir más pena
Actopan? ¿Por la revolquiza que le pusieron a sus autoridades municipales en el
Tribunal Electoral de Veracruz? ¿O por ver realmente a quién eligieron como
presidenta municipal?
Todo esto lo origina una
“decisión de Cabildo”: Eliminar en un dos por tres, muchas de sus rancherías
para bajarlas a caseríos, ¿con qué objeto? ¡Para no pagar a 22 Agentes y
Subagentes municipales!
María Esther López Callejas
junto con su cabildo, se hicieron la maldad solos cuando por dos ocasiones
lanzaron convocatoria para participar en la Elección de Agentes y Subagentes
Municipales. Luego hubo una “elección” para elegir “Comisarios”… el asunto es
que la gente votó por Agentes y Subagentes, de acuerdo al juicio del TEV.
La presidenta municipal y su
cabildo, así como su administración, dieron por hecho que como ellos habían
dictaminado que ya tenían 22 caseríos, pues ya no había que pagarle a nadie,
por lo que los Agentes y Subagentes municipales entablaron juicio ante el
Tribunal Electoral de Veracruz en demanda del pago, pues la Ley establece que
son servidores públicos y en consecuencia, tienen derecho de recibir una
remuneración por el desempeño de su cargo.
Si bien es facultad del
Ayuntamiento la categoría o denominación de sus centros poblacionales, hay que
tomar en cuenta dos factores: uno, el último Censo General de Población y
Vivienda (2020); dos, quien tiene la última palabra para crear y suprimir
congregaciones, es el Congreso local… ¿y qué creen? Pues en Palacio de Encanto
tuvieron que meter de última hora un anexo donde el dictamen de la Comisión
Permanente de Gobernación es favorable para el Ayuntamiento: Sí a su
reorganización poblacional…
Por supuesto que esto ya lo
tienen contemplado los demandantes y hasta el mismo TEV, quien en su
resolución, precisa que no pasa por inadvertido que entre las pretensiones de
las y los actores, se solicita que se declare la nulidad del cambio de
denominación de sus centros de población para convertirlas en comisarías
municipales y se declare la validez jurídica de las agencias y subagencias
municipales.
Ahora, en su momento, el TEV
ha de establecer si el acto del Ayuntamiento genera una vulneración a los
derechos político electorales de los Agentes y Subagentes municipales, aunque
debe tenerse presente que, al día en que se dictó la sentencia contra el
Ayuntamiento de Actopan, los 56 centros de población mencionados en las
convocatorias de 20 de enero y 18 de febrero, han sido objeto de reconocimiento
por parte del Tribunal Electoral al resolver el expediente TEV-JDC-409/2019 y
acumulados (cuya sentencia representa un hecho notorio), los cuales no han sido
reclasificados formalmente al rango de “Caseríos” y, por ende, las personas
representantes de esos centros de población que fueron electas por el voto de
la ciudadanía, detentan el carácter de Agentes y Subagentes municipales y no de
“comisarios”.
¿Quiere otro dato? El
presupuesto de Egresos comprende una partida para el pago a los Agentes y
Subagentes Municipales… la pregunta entonces es: ¿A dónde ha ido a parar ese
dinero etiquetado?
Pero si eso fuera poco, la Ley
habla de que los presupuestos de egresos serán aprobados por los Ayuntamientos
con base en sus ingresos disponibles y que cada servidor público recibirá una
remuneración adecuada e irrenunciable por el desempeño de su función, empleo,
cargo o comisión, que deberá ser proporcional a sus responsabilidades, así como
que tal remuneración será determinada anual y equitativamente en los
presupuestos de egresos correspondientes.
Bueno, pues el TEV expone que
Actopan en su presupuesto de Egresos contempla una remuneración para cincuenta
y seis plazas de agentes municipales, con un monto de entre $3700.00 (tres mil
setecientos) y $4500.00 (cuatro mil quinientos) pesos; sin embargo, dicha cantidad
no se ajusta a los parámetros elementales precisados en la presente sentencia,
pues debe ser, cuando menos, de un salario mínimo, lo que genera la cantidad
mensual de $5,186.1 (cinco mil ciento ochenta y seis) pesos, por lo que López
Callejas y demás deberán de ajustar el presupuesto…
Al principio de estos
comentarios, una de las preguntas que hacía era ésta: ¿Les dará pena a los
vecinos de Actopan ver realmente a quién eligieron como presidenta municipal?
¿Por qué este cuestionamiento?
Muy simple…
Antes de ser Presidenta
Municipal, María Esther López Callejas fue Diputada local… hoy, no puede
olvidar su responsabilidad con 56 comunidades, con un municipio, con cada uno
de sus habitantes… Aunque a lo mejor ya olvidó que un martes seis de noviembre
de 2018, la Gaceta Oficial de Gobierno del Estado, en su página 2, exponía el
“ACUERDO por el que se concede licencia a la C. María Esther López Callejas,
para separarse del cargo de Agente Municipal propietaria de la comunidad de
Mozomboa, perteneciente al municipio de Actopan, Ver., y en consecuencia se
hace el llamado de la suplente para que previa protesta asuma el cargo por el
tiempo que dure la licencia…”
Sí, se le olvidó a María
Esther que ella también fue Agente Municipal… Si bien dicen que quien olvida su
pasado, es seguro que condene su futuro.