LA NUEVA CONSTITUCIÓN
LA NUEVA CONSTITUCIÓN
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Abolir la propiedad privada y las empresas
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Se debe aclarar que no es un proyecto de Morena
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Hasta pretenden cerrar Laguna Verde
Por Miguel Ángel
Cristiani G.
Como en las benditas
redes sociales circulan publicaciones que indican que el partido político
MORENA pretende abolir la propiedad privada, algunos señalan que a través de un
nuevo proyecto de Constitución, mientras que otros mencionan que se trata de
una Constitución que quiere imponer Claudia Sheinbaum y López Obrador, no
estaría por demás, que ya sea el mismísimo presidente o la candidata de ese
partido, hicieran una declaración contundente, para aclarar que eso es falso,
si es que es falso.
Porque en las redes
han estado circulando mensajes que resultan verdaderamente alarmantes, en el
sentido de que se tiene un proyecto llamado Constitución Política de la
República Federal y Pluricultural de México 2021, que en sus artículos finales
transitorios incluye una serie de barbaridades que resultan alarmantes.
Más aun cuando
circula un video de la candidata Claudia Sheinbaum, donde dice textualmente:
“Porque queremos las 2/3 partes de la Cámara de Diputados, las 2/3 partes de la
Cámara de Senadores y las. 2/3 partes de los congresos locales por qué.
¿Por qué porque ese número? Porque eso es lo que se necesita para cambiar la Constitución, queremos
cambiar la Constitución.”
Por eso hay que
aclarar para que se quiere poder cambiar la constitución.
Porque si bien es
cierto que el documento no fue redactado por el partido MORENA sino por una
agrupación política, de todas formas, no vaya a ser que luego nos salgan con
que a Chuchita la bolsearon…
En rede sociales
circulan publicaciones que indican que el partido político MORENA
pretende abolir la propiedad privada, algunos señalan que, a través de un nuevo
proyecto de Constitución, mientras que otros mencionan que se trata
de una Constitución que quiere imponer Claudia Sheinbaum y López Obrador.
Aquí les dejamos los
artículos transitorios del proyecto de nueva constitución que se encuentra en
las redes sociales.
Artículos Transitorios Primero. Rechazo
al capitalismo, al presidencialismo y al sistema electoral previos El pueblo
mexicano que suscribe esta Constitución rechaza el capitalismo, el
presidencialismo y el sistema electoral tradicionales, así como las
instituciones que de ello se han derivado, por la concentración excesiva de la
riqueza material y del poder político y la correspondiente extensión de la
pobreza y de la marginación social que han generado; ya que han promovido la
pugna de intereses creados y han impedido el ejercicio del poder de pueblo, que
es el legítimo soberano. Se establece esta nueva Constitución para hacer
efectiva una vida social verdaderamente democrática que promueva el consenso,
la cooperación, el buen vivir de todos y el despliegue de las vocaciones y
talentos de cada persona.
Segundo. Movimiento popular constituyente. Esta Constitución entrará en vigor con el respaldo del movimiento
popular que organice las asambleas políticas y los consejos técnicos,
sectoriales y gremiales que ella establece, en los niveles comunitario,
municipal, estatal y nacional. El movimiento popular que respalda esta
Constitución puede declarar libres a determinadas comunidades, municipios,
estados y al país en su conjunto, para hacerla entrar en vigor, instrumentarla
y ser respetada en cada plaza tomada, desconociendo a las falsas autoridades.
Tercero. El pueblo soberano hace valer esta
Constitución. Se convoca al pueblo de México como soberano, a
los mexicanos de todas las edades y a las organizaciones alternativas, a
participar del movimiento popular nacional para hacer valer esta Constitución,
poniendo en práctica lo que ella establece. Se convoca a todos los mexicanos a
apoyar las asambleas y consejos y las acciones que estos realicen al aplicar
esta Constitución en ejercicio de la soberanía popular.
Cuarto. Del Ejército Nacional a la Guardia
Nacional. La Asamblea Política Nacional y las asambleas
políticas estatales y municipales, en su ámbito respectivo, seleccionarán a
elementos del anterior Ejército Nacional y de la anterior Armada de México que
sean leales al pueblo mexicano y a su Autogobierno Popular para integrarlos a
la Guardia Nacional en los términos establecidos en los artículos 233 a 239 de
esta Constitución. Los integrantes de las anteriores fuerzas armadas que no
ingresen a la Guardia Nacional serán debidamente indemnizados y convocados para
formar empresas cooperativas de acuerdo con sus vocaciones y capacidades.
Quinto. Disminución
progresiva de la extracción de petróleo y gas La extracción de petróleo y gas
de aguas profundas debe disminuirse gradualmente hasta eliminarse por completo
en un plazo máximo de 10 años, contando a partir de la entrada en vigencia de
esta Constitución.
Sexto. Disminuir la exportación de petróleo crudo. A partir de la entrada en vigor de esta Constitución, se disminuirá
gradualmente la exportación y venta de petróleo crudo de manera
creciente-escalonada, hasta que se elimine por completo, en un plazo no mayor
de 20 años.
El Autogobierno
Popular construirá las refinerías necesarias para garantizar la autosuficiencia
e independencia nacional en materia de hidrocarburos hasta que se sustituyan
con otras fuentes de energía alternativas y limpias.
Séptimo. Energía no contaminante. A partir de la entrada en vigor de esta Constitución, en un plazo
máximo de 20 años, al menos el 80% de la energía que se consuma en el país
deberá corresponder a fuentes no contaminantes.
Octavo. Cierre de la planta nuclear de Laguna Verde. A partir de la promulgación de esta Constitución, en un plazo no mayor
de 5 años, deberá salir de operación la planta nuclear de Laguna Verde.
Noveno. Desarrollo de áreas verdes urbanas. Las ciudades y pueblos deben contar con al menos 15 m2 de suelo de
áreas verdes por habitante; en las que se encuentren las plantas y árboles
endémicos y que produzcan más oxígeno, al menos 70% de las áreas libres y áreas
comunes deben ser permeables.
Todos los órdenes
del Autogobierno se encargarán de gestionar lo necesario para lograr esta
proporción en un plazo máximo de 5 años en las ciudades con menos de 500 mil
habitantes, y de hasta 10 años en las ciudades mayores de 500 mil habitantes
contando a partir de la entrada en vigencia de esta Constitución.
En las ciudades o
conjuntos urbanos de más de 2 millones de habitantes, los espacios libres
quedarán vedados para la urbanización y se destinarán a áreas verdes, y la cota
(elevación) 2300 msnm restringida para urbanización. Los desarrollos urbanos
deben ser autosustentables y no deben dañar los ecosistemas naturales.
Décimo. Vivienda para todos. A partir de la entrada en vigor de esta Constitución, el Autogobierno
Popular desarrollará un programa para garantizar el derecho a la vivienda para
todos que establece el Artículo 139, entregando al menos el terreno para que
los concesionarios habitacionales se encarguen de la construcción respectiva.
Los consejos de economía equitativa municipales, con el apoyo del consejo de
economía equitativa estatal correspondiente y del nacional, y con la aprobación
de la asamblea política municipal respectiva, indemnizarán a los arrendadores
expropiados, de manera paulatina a través de pagos parciales, en un plazo
máximo de 20 años a partir de la fecha en que se realice la expropiación.
Décimo primero. Transformación gradual de empresas
capitalistas en empresas cooperativas. Las empresas
capitalistas gradualmente pasarán a ser empresas cooperativas, incrementando el
porcentaje del reparto de utilidades para que, en un máximo de 35 años, el 100%
sea distribuido entre los integrantes de la empresa en proporción al esfuerzo,
experiencia, formación y al tiempo de trabajo que destinen en un año
calendario. Las utilidades deben ser el resultado de restar los costos a los
ingresos anuales, menos un 20% que estará destinado a la reinversión y
desarrollo de la empresa. Los anteriores patronos podrán continuar laborando en
la empresa y, como todos los trabajadores, recibirán la retribución equitativa
por sus contribuciones.
Décimo segundo. Disminución progresiva de la
exportación de bienes naturales. El Autogobierno
Popular disminuirá progresivamente, hasta suprimir, la exportación de bienes
naturales sin que hayan sido procesados. Décimo tercero. Disminución del IVA A
partir de la entrada en vigor de esta Constitución, el Impuesto al Valor
Agregado (IVA) disminuirá 1% cada año hasta llegar a 5%.
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