La repartición de tarjetas electoreras
La repartición de tarjetas electoreras
· Candidatos
se acusan de la entrega de plásticos
· “El
prometer no empobrece, el cumplir es lo difícil”
· AMLO
también prometió pensión a los mayores de 65 años
Por
Miguel Ángel Cristiani González
El tema del día en el actual proceso
electoral, es el intercambio de acusaciones de candidatos de distintos
partidos, que en diversas entidades del país, están repartiendo tarjetas que
ofrecen descuentos en compras o que serán activadas después de las votaciones
del 6 de junio.
Acá en el terruño veracruzano,
todavía no se sabe de algún candidato que esté utilizando esa estrategia de
repartir tarjetas -sin dinero, pero con la promesa de que podrán tener
descuentos y beneficios- obviamente, después de los resultados que se tengan en
las votaciones.
Y es que en tiempos de campañas
electorales, como bien dice Pancho López el filósofo de la Atenas veracruzana,
“el prometer no empobrece, el cumplir es lo difícil”.
Hay que recordar que oportunamente,
unos días antes del inicio de las campañas electorales y que el Instituto
Nacional Electoral le recordara al presidente Andrés Manuel López Obrador que
no podía tratar temas y asuntos de promoción al voto, el mandatario anunció que
se va a ampliar hasta los 65 años de edad y no a los 68 como lo estableció al
inicio de su mandato, la entrega de las pensiones a los adultos mayores, a los
que se entregan dos mil 700 pesos bimensuales.
Tal vez porque en alguna otra
Bitácora Política preguntábamos en donde habría que ir a inscribirse para estar
en el padrón de beneficiarios de ese programa de Bienestar, nos hicieron llegar
una respuesta en la que informan de todos los datos necesarios.
Nos dicen que a efecto de prevenir
conductas o actos que puedan vulnerar los principios de neutralidad,
imparcialidad y equidad, durante el Proceso Electoral Federal 2021, y en
estricta observancia del Programa de Blindaje Electoral implementado en la
Secretaría de Bienestar, a partir del 4 de abril y hasta el 7 de junio de la
presente anualidad, se suspenden las altas, bajas y cambios de beneficiarios en
los Programas Sociales, a cargo de esta Secretaría.
Lo anterior, en apego a lo
establecido en los artículos 109 fracción III, 134 párrafo primero y séptimo de
la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 7 fracción I de la
Ley General de Responsabilidades Administrativas, 442 y 449 de la Ley General
de Instituciones y Procedimientos Electorales y 28 de la Ley General de
Desarrollo Social.
Es menester mencionar que la nueva
Política de Bienestar, instruida por el C. Presidente de la República en la
CIRCULAR UNO, de fecha 14 de febrero de 2019, establece que todos los apoyos
para el bienestar del pueblo se entregarán de manera directa a los
beneficiarios, sin intermediarios.
El oficio No. DS/2149068/2021 de la
Dirección de Vinculación Institucional nos explica que:
En atención a su escrito recibido en
esta Secretaría, y en apego a lo establecido en el art. 8 de la Constitución
Política de los Estados Unidos, hago de su conocimiento que el Programa Pensión
para el Bienestar de los Adultos Mayores, tiene como objetivo mejorar la
situación de protección social de la población adulta mayor, indígena o afro
mexicana de 65 años o más y de 68 años o más mexicanas por nacimiento o
naturalización con domicilio actual en la República Mexicana, así como a las
personas adultas mayores de 65 a 67 años de edad, incorporadas en el Padrón de
Beneficiarios del Programa Pensión para Adultos Mayores activos a diciembre del
2020.
El programa brinda un apoyo económico
de $ 2,700.00 (dos mil setecientos pesos 00/100 M.N.) cada dos
meses.
Cabe señalar que, la Unidad Responsable con base en las estimaciones y la
disponibilidad presupuestal, determinará el momento en que se cierre el proceso
para la identificación de nuevos beneficiarios, así como los periodos para
acceder al programa.
Las Delegaciones de Programas para el
Desarrollo a través de los Módulos de Atención, serán las responsables de
llevar a cabo el registro estatal de las personas solicitantes que cumplan con
los criterios de elegibilidad y requisitos de acceso. Los documentos requeridos
para acceder al programa son los siguientes:
1. Credencial
para votar vigente, pasaporte vigente o credencial del INAPAM.
2. Clave
Única de Registro de Población (CURP).
3. Acta
de Nacimiento (En caso de no contar con el acta de nacimiento, podrá acreditar
la edad con alguno de los documentos anteriores).
4. Comprobante
de domicilio: Recibo de pago de servicios con antigüedad no mayor a seis meses
(energía eléctrica, agua, teléfono, impuesto predial).
Para mayor información, le sugerimos
establecer contacto con la Delegación de la Secretaría de Bienestar en su
estado, ubicada en: Carretera Federal Xalapa-Veracruz Km. 0+700, Col. INDECO
Ánimas, C.P. 91190, Xalapa, Ver., a los teléfonos 228 812 5252 y 228 812-5251.
Por otra parte, le invitamos a
conocer los beneficios que ofrece el Instituto Nacional para las Personas
Adultas Mayores (INAPAM), que además de la tarjeta INAPAM para descuentos en
bienes y servicios, cuenta con ayuda para mejorar el desarrollo integral de los
Adultos Mayores, para mayor información, ponemos a su disposición la página del
Instituto para su consulta: https://www.gob.mx/inapam