LA SCJN DICE NO A LA LEY NAHLE
LA SCJN DICE NO A LA LEY NAHLE
La Suprema Corte de Justicia de la Nación declaró
inconstitucional la reforma que pretendía que un padre o madre de hijo
veracruzano se declarara veracruzano.
El requisito de residencia no es suficiente para que la
secretaria de Energía pueda ser gobernadora, pues la Constitución del estado de
Veracruz en su Artículo 43 menciona como requisito número 1 que para ser
gobernador tienen que ser veracruzano, mismo que no cumple Nahle porque nació
en Zacatecas.
Por lo tanto, Rocío Nahle no cumple con uno de los
requisitos establecidos por el Artículo 43 de la Constitución que se mencionan
a continuación:
Artículo 43. Para ser Gobernador del Estado se requiere:
I. Ser veracruzano en pleno ejercicio de sus derechos
II. Contar con residencia efectiva en la entidad de cinco
años inmediatos anteriores al día de la elección
III. Tener por lo menos 30 años cumplidos al día de la
elección
IV. No ser servidor público del estado o de la Federación en
ejercicio de autoridad.
V. No ser militar en servicio activo o con mando de fuerzas.
Este requisito no se exigirá al gobernador interino ni al sustituto
VI. No pertenecer al estado eclesiástico, ni ser ministro de
algún culto religioso a menos que se separe de su ministerio conforme a lo
establecido por la Constitución Federal y la ley de la materia; y
VII. Saber leer y escribir y no tener antecedentes penales
por la comisión de delitos realizados con dolo, exceptuando aquellos en los que
se hayan concedido los beneficios de conmutación o suspensión condicional de la
sanción.
La prohibición para los servidores públicos mencionados en
las fracciones IV y V, no surtirá efectos si se separan de sus cargos noventa
días naturales anteriores al día de la elección, o a partir del quinto día
posterior a la publicación de la convocatoria para la elección extraordinaria.