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LEY INGRID

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LEY INGRID

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Por Brenda Caballero

 

“La Culpa la Tuvo Cupido”. Fue uno de los titulares de un periódico de la Ciudad de México que “justificó” el feminicidio de Ingrid, de 25 años, a manos de su pareja Érick Francisco, de 46 años. Otro más en aras de vender morbo, tuvo la “ideota” de poner en su portada el  titular “Descarnada”. Ambos impresos publicaron una foto que no vale la pena ni describir pero que indignó a millones. ¿Quién sacó esa foto? Desde luego alguien que tuvo acceso de primera mano al lugar de los hechos. ¿Acaso un funcionario público? Las investigaciones afirmaron que fueron los policías que llegaron a la escena del crimen, pero no ocurrió nada.

Las redes sociales fueron también cómplices de esa difusión y ante ello, también se armó una contracampaña para que al buscar Ingrid Escamilla en internet, aparecieran paisajes o fotos de ella, en lugar de la foto filtrada. Y así fue y es. Si usted busca en internet su nombre, no aparecerá la foto que publicaron en algunos medios.

 

La indignación generalizada llevó a que se volteara a ver la extrema violencia en la que vivimos, la revictimización de las víctimas y de sus familias para que se pensara en una ley que prohibiera este tipo de publicaciones.

Desde el año pasado, la Ciudad de México, el Estado de México, Colima y Oaxaca ya habían legislado para prohibir esas imágenes. El 27 de julio, en Veracruz, la diputada Ivonne Trujillo ya había presentado la iniciativa, sin embargo, a pesar de que pasó a Dictamen, se desconoce las razones para que no entrara en el Orden del Día de la última sesión en la pasada Legislatura; sin embargo, ahora sí tendrá que entrarle el Congreso Estatal de Veracruz, ya que el pasado miércoles en la Cámara de Diputados, los legisladores aprobaron con 470 votos a favor la llamada Ley Ingrid, para que se castigue de 2 a 6 años de prisión a todos los servidores públicos y ciudadanos que difundan, fotografíen, copien, publiquen audios, videos o documentos con información de una carpeta de investigación. Con ello se busca garantizar la protección de las víctimas en su dignidad e integridad.

 

Con la Ley Ingrid se incrementará la gravedad si se trata de mujeres, niños, niñas o personas con discapacidad hasta con 10 años de prisión.

El caso de Ingrid no es el único. En Veracruz recordamos la filtración de las fotos de los asesinatos de Gladys y su hija Carla en su propia casa, de la empresaria Susana en el Semefo de Coatzacoalcos, el feminicidio de Silvia Jazmín en Cosoleacaque, y otros más que han sido expuestos en redes sociales o medios impresos sin que haya sanción al respecto a pesar de que en Veracruz existe ya en el Código Penal para el Estado de Veracruz, en su capítulo II Contra El Respeto a los Muertos (reformado, g.o. 3 de junio de 2019) en su artículo 298 fracción IV: “Se impondrán prisión de uno a cinco años y multa hasta de cien Unidades de Medida y Actualización a quien:”

 

“…IV. Fotografíe, videograbe o difunda imágenes de un cadáver o restos humanos que se encuentren bajo resguardo de una institución de naturaleza forense, sin estar legalmente facultado para ello o para fines distintos a los establecidos en la Ley”. Agrega: “En el caso previsto en la fracción IV, si quien comete este delito es servidor público o ejerce una profesión y utiliza los medios o circunstancias derivadas de ello y tiene bajo su custodia o resguardo un cadáver o restos humanos, las penas se incrementarán en una tercera parte…”

En fin esperemos la armonización de la Ley Ingrid en Veracruz, pero más que nada su aplicación, y no pase desapercibida como la fracción IV del Código Penal para el Estado de Veracruz, pues la Ley ahí está y sin embargo nunca se aplicó.

 

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