Licencia “A” es Universal
Licencia “A” es Universal
Las diputadas y diputados
de la LXV Legislatura aprobaron reformas a la ley con las que se establece que
el poseedor de la licencia tipo “A” podrá conducir los vehículos señalados en
la tipo B y C, aunado a que se amplía a diez años la vida útil de las unidades
destinadas para el servicio de taxi, siempre y cuando cuenten con las adecuadas
condiciones mecánicas y de seguridad.
Durante la sesión
extraordinaria, celebrada este 25 de febrero, el Pleno aprobó, con 41 votos a
favor, sin abstenciones ni votos en contra.
Con esta modificación,
queda asentado en el artículo 54 de la Ley Número 589 de Tránsito y Transporte
para el Estado que la licencia de chofer tipo “A” autoriza a su titular a
conducir vehículos de motor dedicados al servicio de transporte público de
pasajeros y los descritos en los dos párrafos subsecuentes (tipo B y C).
Los vehículos que sean
utilizados para prestar el servicio de transporte público reunirán las
características, condiciones técnicas, mecánicas, electromecánicas, de
seguridad e higiene necesarias y deberán portar los engomados respectivos,
uniformidad de color por municipio y demás requisitos establecidos.
De igual forma, se
establece que la Dirección de Transporte podrá suspender, de uno a tres meses,
los derechos derivados de una concesión cuando los vehículos dedicados a la
prestación del servicio de transporte público no cumplan con lo establecido en
los artículos 47 al 51 de la ley, siempre y cuando el engomado de la
verificación vehicular no exceda de seis meses de vigencia, de lo contrario,
será causal de revocación.
Por otra parte, fue
derogado el Artículo 59 de la Ley de Tránsito y Seguridad Vial, que estaba relacionado
con la obligación de que conductores y operadores deban portar la licencia de
la categoría y tipo que corresponda al vehículo que estén utilizando.
La Comisión dictaminara
coincidió con los autores en relación con que no se actualizará la revocación
de concesión por no contar con la verificación vehicular y el engomado, sino
que se iniciará con la suspensión de los derechos de la concesión, como una
medida de apoyo para los concesionarios, a fin que se regulen a la brevedad.