LISTAS LAS CONVOCATORIAS PARA ELECCIÓN DE AGENTES Y SUBAGENTES MUNICIPALES
LISTAS LAS CONVOCATORIAS PARA ELECCIÓN DE AGENTES Y SUBAGENTES MUNICIPALES
La Ley Orgánica del
Municipio Libre, prevé que, para cada caso, los agentes y subagentes
municipales pueden ser elegidos mediante los procedimientos de consulta
ciudadana, voto secreto o auscultación. Fungirán del 1 de mayo de 2022 al 30 de
abril de 2026.
De esta manera,
fueron aprobadas, en sus términos, las convocatorias de los ayuntamientos
de Coatepec, Acayucan, Acultzingo, Agua Dulce, Álamo
Temapache, Alpatláhuac, Alto Lucero de Gutiérrez Barrios,
Altotonga, Amatlán de los Reyes, Ángel R. Cabada, Astacinga, Atzalan,
Camerino Z. Mendoza, Cerro Azul, Citlaltépetl, Coacoatzintla, Coetzala,
Colipa, Comapa, Córdoba, Cosautlán de Carvajal,
Cotaxtla, Cuitláhuac, Chalma, Chiconquiaco, Chicontepec,
Emiliano Zapata, Espinal, Hueyapan de Ocampo, Ignacio de la Llave,
Ixcatepec, Ixhuatlán de Madero, Ixhuatlán del Sureste,
Ixmatlahuacan e Ixtaczoquitlán.
También,
de Jalacingo, Jamapa, La Antigua, Martínez de la Torre, Medellín de Bravo,
Mixtla de Altamirano, Naranjos- Amatlán, Nogales,
Ozuluama, Pánuco, Platón Sánchez, Poza Rica de Hidalgo, Pueblo Viejo,
Rafael Lucio, San Andrés Tenejapan, San Andrés Tuxtla, Tamiahua, Tantoyuca,
Tatahuicapan de Juárez, Tatatila, Tehuipango, Teocelo, Tepatlaxco, Texcatepec,
Tlacolulan, Tlacotalpan, Tlaltetela, Tlaquilpa, Tlilapan, Tonayán, Úrsulo
Galván, Veracruz, Yanga, y Zozocolco de Hidalgo, y por los concejos municipales
de Jesús Carranza, Tlacotepec de Mejía y Yecuatla.
En el resolutivo
quinto del dictamen, la comisión exhorta a los ayuntamientos de Aquila,
Atlahuilco, Calcahualco, Camarón de Tejeda, Carlos A. Carrillo, Castillo
de Teayo, Cuichapa, Chacaltianguis, Chocamán, Chumatlán, Filomeno
Mata, Ilamatlán, Jalcomulco, Magdalena, Naranjal, Tamalín,
Tancoco, Tantima, Tempoal, Tepetlán, Tepetzintla, Texhuacán
y Tlalixcoyan y al Concejo Municipal de Chiconamel a dar
cumplimiento a lo dispuesto en la Ley Orgánica del Municipio Libre y acordar, a
la brevedad, los procedimientos de elección de agentes y
subagentes municipales, así como las convocatorias
respectivas, y remitirlas al Congreso del Estado o la
Diputación Permanente, para los efectos legales respectivos.
Lo anterior, a efecto
de salvaguardar los derechos político-electorales de la ciudadanía
interesada en participar en la elección de los referidos
servidores públicos, auxiliares de los ayuntamientos en las
congregaciones o rancherías de los municipios.
La Comisión también exhorta a los ayuntamientos de Las
Minas y Omealca a remitir las convocatorias respectivas, toda vez que en la
documentación presentada a este Poder Legislativo únicamente aparecen las actas
de sesiones.
El dictamen íntegro
con los datos relativos a los periodos, nombres de ayuntamientos o concejo
municipal, procedimiento aprobado, Acuerdo modificatorio y precisiones sobre la
información que remitieron a este Congreso, puede consultarse libremente en la
Gaceta Legislativa número 19, publicada desde este 18 de febrero en la página
oficial www.legisver.gob.mx