Los cambios en el calendario electoral
Los cambios en el calendario electoral
· El OPLE modificó las fechas que estaban programadas
· Luego que la Suprema Corte de Justicia invalidó decretos
· El domingo 6 de junio del año entrante serán las votaciones
Por Miguel Angel
Cristiani Gonzalez
Como consecuencia de que la Suprema Corte de
Justicia de la Nación invalidó los decretos emitidos por el Congreso del Estado
de Veracruz, respecto al proceso electoral del año entrante, el Organismo
Público Local Electoral llevó a cabo también, la modificación de diversos
plazos y términos para el proceso electoral local ordinario del año entrante,
en que se habrán de elegir las diputaciones y los 212 ayuntamientos.
Como es ya sabido, la Suprema Corte de la Justicia
invalidó los decretos 576, 580 y 594, todos emitidos por el Congreso del Estado
de Veracruz, respecto al proceso electoral del año entrante. Destacando los
Decretos 580 y 594, que modificaba diversos plazos y términos dentro del
Proceso Electoral Local Ordinario.
Al respecto, se reformaron diversas disposiciones
en materia electoral, entre ellas, aquellas referentes al inicio del Proceso
Electoral Local Ordinario, con la instalación del Consejo General del OPLEV,
siendo este originalmente programado para la primera semana de noviembre del
año previo a la jornada electoral, para pasar a realizarse, la primera semana de
enero del año en que se lleva a cabo la jornada electoral.
En la sesión del OPLE celebrada esta misma semana,
se reformaron diversas disposiciones en materia electoral, entre ellas,
aquellas referentes al inicio del Proceso Electoral Local Ordinario, con la
instalación del Consejo General, siendo este originalmente la primera semana de
noviembre del año previo a la jornada electoral, para pasar a realizarse la
primera semana de enero del año en que se lleva a cabo la jornada electoral.
En el mismo sentido, se modificaron la fecha de
instalación de los Consejos Distritales, teniendo antes de su publicación como
fecha límite, el 15 de enero del año de la elección, para pasar a tener como
fecha límite el segundo domingo de febrero.
También sufrió modificación la aprobación de los
procedimientos internos por parte de los partidos políticos, para la selección
de sus candidaturas, que estaba prevista a realizarse por lo menos 30 días
antes del inicio formal de los procesos internos, para pasar a ser 7 días antes
del inicio formal de los procesos internos. En ambos casos, la fecha de
recepción de dicha determinación por parte del OPLEV, estaba contemplada para
realizarse dentro de las 72 horas siguientes a su aprobación.
Igualmente, sufrió modificaciones el plazo para la
presentación, por parte de los partidos políticos, ante el Consejo General del
OPLEV, de la convocatoria para la selección de sus candidatos, siendo
originalmente 10 días antes del inicio de las precampañas, para pasar a ser 3 días
antes del inicio de las precampañas.
También fue objeto de reforma el artículo 49,
párrafo segundo, del Código Electoral, que establecía que, el OPLEV emitiría
los lineamientos bajo los cuales funcionará el programa de monitoreo de los
medios de comunicación impresos y de los electrónicos, durante el mes de
noviembre del año previo al de la elección, para pasar a realizarse el mes de
enero del año de la elección.
Asimismo, los procesos internos de selección de
candidaturas, previo a las reformas aludidas, estaban previstos para dar inicio
el primer domingo de enero del año correspondiente a la elección y concluir a
más tardar el cuarto domingo de marzo. Tras dichas reformas, se tenía previsto
su inicio el tercer domingo de enero del año de la elección y su conclusión a
más tardar el segundo domingo de marzo.
El Acuerdo INE/CG289/2020 estableció que la fecha
de término para las precampañas en Veracruz será el 16 de febrero de 2021; por
otra parte, el artículo 59, párrafo segundo, fracción VI, inciso a), prevé que
no podrán durar más de las dos terceras partes de las respectivas campañas
electorales y que, de acuerdo con el artículo 69, párrafo sexto, estas durarán
30 días, cuando solo se elijan diputaciones locales o ayuntamientos. Por lo
cual, el periodo de precampañas habrá de durar 20 días, siendo del 28 de enero
al 16 de febrero de 2021.
En el mismo sentido, el artículo 65 del Código
Electoral contemplaba la fijación del tope de gastos de precampaña para cada
elección el mes de diciembre del año previo. Tras su reforma, pasaría a
realizarse durante el mes de enero del año de la elección.
El periodo para la recepción de las solicitudes
relativas a las candidaturas a diputaciones por el principio de mayoría
relativa comprende del 17 de abril al 26 de abril de 2021, con su subsecuente
aprobación a más tardar el 2 de mayo, en términos de los artículos 174,
fracción II y 175, fracción VI del Código Electoral.
El artículo 69, párrafo sexto, del citado Código
señala que las campañas electorales habrán de tener una duración de 30 días,
cuando solo se trate de elecciones de diputaciones locales o ayuntamientos y el
párrafo cuarto del mismo artículo señala que habrán de concluir tres días antes
de la jornada electoral.
A la luz de lo anterior, las campañas electorales a
realizarse dentro del Proceso Electoral Local Ordinario 2020-2021, habrán de
iniciar el 4 de mayo de 2021 y concluir el 3 de junio del mismo año.
Ahora bien, considerando que el mismo párrafo
cuarto, del artículo 69, del Código Electoral señala que las campañas
electorales habrán de iniciar el día siguiente a la sesión en que sea aprobado
el registro de candidaturas por el OPLEV, dicha aprobación deberá realizarse el
3 de mayo de 2021, para que se cumplan los plazos previstos en el artículo
referido.
Por lo anterior, se estima necesario modificar la
fecha de aprobación de las solicitudes de registro de las candidaturas a
diputaciones por el principio de Mayoría Relativa y Representación Proporcional
a disputarse en el Proceso Electoral Local Ordinario 2020-2021, al 3 de mayo de
2021. Esto, a fin de que las respectivas campañas electorales den inicio el 4
de mayo de 2021, dentro de los plazos previstos en el artículo 69 del Código
Electoral.
Para que el día 6 del primer domingo de junio del
2021, se lleve a cabo las elecciones en la jornada electoral para elegir a los
diputados y ayuntamientos en el estado de Veracruz.