Los plurinominales y el fraude a la ley
Rúbrica
Los plurinominales y el fraude a la ley
Por
Aurelio Contreras Moreno
En el más completo
de los ridículos quedó el Organismo Público Local Electoral de Veracruz (OPLE)
al prestarse a la jugarreta para asignar diputaciones locales plurinominales beneficiando
descaradamente a Morena, para que tenga una sobrerrepresentación disimulada por
actos de “chapulineo” partidista.
Por principio de cuentas, desde el jueves por
la noche se filtró el proyecto de acuerdo del Consejo General del OPLE para el
cómputo de la circunscripción plurinominal, la declaración de validez de la
elección y la asignación de diputaciones por el principio de representación
proporcional, en el que ya estaba configurada la forma en la que finalmente se
repartirían las curules plurinominales.
Al verse exhibidos, en el OPLE intentaron
desacreditar el documento filtrado seguramente desde el propio organismo. Pero
durante la sesión del sábado quedó evidenciado que se trataba del acuerdo auténtico
y que la lista de plurinominales dada a conocer dos días antes era la misma,
por lo que el “tamal” fue imposible de ocultar. Sin embargo, eso no es lo más
grave.
La asignación de plurinominales que fue
finalmente aprobada por unanimidad por los consejeros electorales trae “dados
cargados”, pues beneficia a Morena, el partido mayoritario, ya que le permite
tener sobrerrepresentación en la próxima Legislatura a partir de la simulación
y perjudica a otros partidos y candidatos. Y por si no bastase, torcieron los
criterios de paridad de género para meter con “calzador” al actual coordinador
de la bancada morenista, Juan Javier Gómez Cazarín, en perjuicio de otras
mujeres de ese mismo partido que fueron a protestar la noche del sábado a las
afueras del organismo electoral.
Una de las candidatas plurinominales que
terminó marginada en el acuerdo referido, la panista Ana Ledezma, puntualizó
que el OPLE incumplió con sus propias directrices ya que no atendió a lo
establecido en el Acuerdo 052, aprobado por el propio Consejo General en
febrero de este mismo año.
El Acuerdo
OPLEV/CG052/2021 establece que “al concluir la asignación de diputaciones, una
vez aplicados los límites de sobre y subrepresentación, se revisará si algún género se encuentra
subrepresentado y, en su caso, el OPLE hará los ajustes correspondientes de las
listas de los partidos políticos con los mayores porcentajes de votación, hasta
lograr la paridad de los géneros en la integración del Congreso del Estado”.
Esto, tras considerar
que “la determinación de trasladar el ajuste por su representación de género al
partido que obtuvo el mayor porcentaje de votación, mediante la reforma a los
artículos 151, párrafo 2 y 153, párrafo 2 del Reglamento para las Candidaturas
a Cargos de Elección Popular para el Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave,
se encuentra en el marco del principio de legalidad, ajustada a la facultad
reglamentaria del OPLE”.
Pero en lugar de
quitar un escaño a Morena, el partido que obtuvo el mayor porcentaje de
votación, el OPLE se lo arrebató a Movimiento Ciudadano, impidiéndole con ello
además la posibilidad de integrar una bancada en la LXVI Legislatura. Para lo
cual se recurrió a un acto de “prestidigitación” electorera.
En la sentencia SUP-RAP-68/2021
y Acumulados, la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la
Federación (TEPJF) se refiere a la “afiliación efectiva” y al riesgo
consistente en que “si un partido mayoritario se asocia con un partido
minoritario y acuerdan que determinadas diputaciones de MR (Mayoría Relativa)
se considerarán para este último, pero se advierte que para dichos cargos
postulan a personas que en realidad tienen un vínculo objetivo con el partido
mayoritario (por ejemplo, la militancia), entonces se está frente a una
estrategia en la que el partido mayoritario utiliza al minoritario para
postular a sus candidatos”.
“En caso de que
resulten electos, dichas postulaciones –al señalarse en el convenio de
coalición que corresponderán al partido minoritario– no se contarán para el
partido mayoritario para efectos de evaluar el número máximo de diputaciones
por ambos principios que puede ostentar (límites de representatividad), lo cual
actualiza el riesgo de que se eluda una de las bases constitucionales del
sistema electoral de RP (Representación Proporcional)”, se enfatiza en la sentencia.
Aunque hizo campaña
para su relección como candidata de Morena y actualmente forma parte de la
bancada de ese mismo partido en la Legislatura que está por concluir, Ana
Míriam Ferráez aparece en el acuerdo votado en el OPLE el sábado pasado como candidata
del Partido del Trabajo, con lo cual, se busca “darle la vuelta” a la
prohibición de la sobrerrepresentación legislativa en los términos de lo
señalado por el TEPJF.
Un fraude a la ley
hecho y (nada) derecho. Y totalmente impugnable. Claro, si a los afectados les
da tiempo que algún tribunal los atienda y resuelva antes del 5 de noviembre,
que comienza la LXVI Legislatura.
Email: aureliocontreras@gmail.com
Twitter:
@yeyocontreras