“MUJERES TRANSFORMANDO SU MUNDO: 8 DE MARZO”
“MUJERES TRANSFORMANDO SU MUNDO: 8 DE MARZO”
María Eugenia Espinosa Mora*
El panorama sobre los derechos
humanos de las mujeres en México se puede describir visibilizando los avances,
obstáculos y retos a los que se enfrentan para transformar un mundo que
legitima estructuras sociales y de género, – que, en ocasiones, las han mantenido
al margen del pleno goce y ejercicio de sus derechos -, así como para cambiar los
prejuicios, estereotipos y patrones culturales que se reproducen en prácticas
sociales e institucionales y constituyen violaciones a derechos humanos.
Las mujeres son agentes
históricos de cambio, de transformación y creación, a lo largo de la historia
de la humanidad han realizado una crítica permanente a su propia historicidad
marginal, la cual, la mayoría de las veces ha sido de desigualdad, inequidad e
injusticia social, con miras a transformarla en espacios de igualdad de
oportunidades, para que se reconozcan en integralidad sus derechos como parte de esa otra mitad de la
población mundial, es decir, para alcanzar una justicia de género que les
permita satisfacer sus necesidades y demandas, a partir de un proyecto
ético-político y democrático.
La lucha se ha dado tanto en
un plano individual como colectivo, en la vida privada y en la vida pública, en
todos aquellos lugares en los que interactúan, con la finalidad de visibilizar las
diversas formas de violencia que prevalecen en un contexto histórico, económico,
político, social y cultural determinado, para que una vez identificadas se desarrollen
estrategias y prácticas sociales y políticas que las incluyan en las agendas
públicas como sujetos con identidades y culturas diversas, que acaben con los
roles tradicionales de “ser mujeres, madres, esposas, hijas, cuidadoras”, etc.,
y que contribuyan a desactivar el clasismo, el sexismo, el racismo y todas las
formas de discriminación.
Las mujeres, han demostrado su
fuerza y potencialidades, así como los conocimientos para participar activa y
conscientemente, transformando cualquier tipo de opresión histórica. En México,
algunos avances se han dado a partir del reconocimiento de las obligaciones del
Estado de respetar, promover, proteger y garantizar sus derechos, al incluirlos
en la normatividad nacional, tanto constitucional como en las leyes
secundarias, además, se ha retomado el Derecho Internacional de los Derechos
Humanos de los Sistemas Universal y Regional; y se han logrado reformas
constitucionales en materia de derechos humanos para el logro de la igualdad
sustantiva, la participación política, la paridad de género, el empoderamiento de
las mujeres, así como para la eliminación de la violencia de género.
No obstante, algunas mujeres saben
que sus derechos son universales, interdependientes e indivisibles, y que a la
vez revisten una particularidad y especificidad, – que la vulneración de los
mismos está interconectada, por lo que, sí se violenta uno, se afectan los
demás-, aún falta promoción y difusión para que la mayoría de las mujeres en el
mundo y en nuestro país, los conozcan y los hagan valer en los sistemas
jurisdiccionales y no jurisdiccionales de protección y defensa. Uno de los
puentes para hacerlos efectivos, es alcanzar la igualdad sustantiva, aprender a
usar su libertad como valor fundamental de la dignidad, adquirir ciudadanía,
convertirse en actoras sociales y políticas, es decir, ser sujetas de Derecho y
con derechos.
Otro reto, es acabar con la
simulación y la omisión en las instituciones y en las prácticas de las y los
operadores del sistema de justicia, para que las violaciones sistemáticas a sus
derechos no queden impunes, sin sanción a quienes son culpables, sin atención y
actuación eficaz por parte de las personas funcionarias públicas.
Se considera parte de estos
retos, tener mayores niveles de autonomía y autoestima, para que, con la toma
de decisiones libres e informadas, transformen los procesos de victimización y
las situaciones de vulnerabilidad en las que han sido ubicadas, a través de
resoluciones jurídicas y pacíficas de los conflictos, de construir una cultura
de paz, relaciones más humanizadas (no a la violencia y a las guerras). Sobre
todo, a partir de retomar a la educación y a la cultura como espacios de
prevención, desde una nueva pedagogía de los derechos humanos de las mujeres, construyendo
diversas formas de socialización e internalización de normas y comportamientos
enmarcados en una convivencia respetuosa y armónica.
¿Cómo se puede transformar
este panorama? Un camino puede ser a través de los aportes de
nuevos enfoques teóricos, integrales, transversales, transdisciplinarios, que
tomen en cuenta las herramientas conceptuales y las categorías sociales de las
perspectivas de género, derechos humanos e interculturalidad, así como de la
sociología jurídica, que tienen un sustento en el orden jurídico nacional y en
los estándares del derecho internacional. Estas posturas serían de utilidad para
entender y explicar las diferentes violencias estructurales, sociales, de
género y contra las mujeres, entre otras: la violencia en conflictos armados, la
que afecta a mujeres desplazadas y refugiadas, la violencia feminicida,
conyugal y familiar, contra mujeres indígenas y rurales, migrantes y
jornaleras, la violencia sexual, la violencia institucional contra niñas y
mujeres adultas, la violencia política de género, la violencia obstétrica, la
feminización de la pobreza y las dobles o triples jornadas de trabajo, la falta
de equidad en las responsabilidades familiares y de cuidados, así como las
brechas de género respecto a la autonomía económica, entre muchas otras.
De igual manera mediante la consolidación
de nuevas formas de relación social entre hombres y mujeres diversos,
pluriculturales y multiétnicos, que tomen en cuenta la integralidad de sus
derechos y su integralidad como seres humanos, que modifiquen los paradigmas de
explicación de la violencia y la criminalidad femenina y de las personas
agresoras; esto es, que dejen de lado visiones biologicistas, etiológicas y
positivistas, tanto en las disciplinas criminológicas, victimológicas y del
derecho penal, como en otros campos del conocimiento. Toda vez que tienden a individualizar,
personalizar, patologizar y medicalizar esas violencias y dejan de lado las
estructuras sociales que las producen y las justificaciones culturales que las
promueven y toleran, inclusive por parte del propio Estado, porque, además, invisibilizan
que forman parte de relaciones de poder desiguales, inequitativas e injustas,
que han sido institucionalizadas en las prácticas administrativas y que
definitivamente vulneran sus derechos humanos.
Dicho de otra manera, algunos
marcos teóricos, así como las y los investigadores e instituciones educativas,
médicas, de justicia y seguridad, que los sustentan y validan, también
legitiman posturas machistas y misóginas, de una masculinidad tradicional, ello
es contrario a las propuestas de paradigmas críticos que permiten diseñar por
las mujeres afectadas, estrategias preventivas en el ámbito social y del delito,
además de que proveen de argumentos democráticos y de herramientas teóricas y
prácticas para debatir y reflexionar, a partir de mecanismos de inclusión, de
un diálogo intercultural, de pactos de convivencia civilizada.
Otra ruta crítica para
contribuir a transformar ese mundo, puede ser con la utilización de los
instrumentos jurídicos como la Convención para la Eliminación de todas las
Formas de Discriminación contra la Mujer (CEDAW), las recomendaciones
internacionales, como las del Examen Periódico Universal (EPU), incluyendo las
emitidas al gobierno de México por instancias de las Naciones Unidas (ONU
Mujeres, la Comisión Económica para América Latina y el Caribe (CEPAL), y otros
organismos como el Programa de Naciones Unidas para el Desarrollo (PNUD), el Comité
para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer, por mencionar
algunos), así como la Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y
Erradicar la Violencia contra la Mujer (Convención de Belém Do Pará), del
Sistema Interamericano de Derechos Humanos, las sentencias y resoluciones de la
Comisión y la Corte Interamericana (OEA/OIT), los planes estratégicos de la
Comisión Interamericana de Mujeres (CIM/OEA), los indicadores del Observatorio
de Igualdad de Género de América Latina y el Caribe, por mencionar algunos.
A ello, también contribuirían las
facultades de los organismos públicos de derechos humanos, como la Comisión
Nacional de los Derechos Humanos (CNDH), que tiene entre sus atribuciones la Observancia
de la Política Nacional en materia de Igualdad entre Mujeres y Hombres, para
que junto con las instituciones del gobierno mexicano encargadas de la
transversalización de la perspectiva de género, como el Instituto Nacional de
las Mujeres (INMUJERES), y en el orden jurisdiccional, la propia Suprema Corte
de Justicia de la Nación, se sumen a las acciones, movilizaciones y demandas de
las organizaciones de la sociedad civil y tomen en cuenta las investigaciones
de los centros académicos, con la finalidad de diseñar en conjunto las
políticas públicas pertinentes y asignar los programas presupuestales que hagan
posible la vigencia sociológica de los derechos humanos de las mujeres.
Aunado a lo anterior, es
imperativo alinear entre otros, los Planes y Programas Nacionales de Desarrollo
y de Derechos Humanos en México, con los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS/Agenda
2030), toda vez que algunos de los Objetivos plantean de manera específica, entre
otros: “Lograr la igualdad entre los géneros y empoderar a todas las
mujeres y las niñas y prevén, como parte de las acciones para el impulso de la
participación política de las mujeres: poner fin a todas las formas de
discriminación contra todas las mujeres y las niñas en todo el mundo; eliminar
todas las formas de violencia contra todas las mujeres y las niñas en los
ámbitos público y privado, incluidas la trata y la explotación sexual”…, todas
ellas obligaciones contraídas a nivel internacional por el Estado Mexicano.
Para
dejar descrito este panorama, se enlistan algunos datos:
· “Según
la Encuesta Nacional de Ocupación y Empleo-Nueva Edición, en el tercer
trimestre de 2021, se estima que había 127.8 millones de personas en México.
Las mujeres representaron 52% de la población (66.2 millones).
· En
México hay 51.7 millones de mujeres de 15 años o más de edad, de las cuales,
cuatro de cada 10 (22.8 millones) formaron parte de la Población Económicamente
Activa”. (Comunicado de prensa Núm. 143/22, 3 de marzo 2022, INEGI Estadísticas
a propósito del Día Internacional de la Mujer/8 de marzo de 2022)
· “De
acuerdo con la CEPAL, un promedio de al menos 12 mujeres muere diariamente en
la región por el mero hecho de ser mujeres…1 de cada 3 ha padecido violencia
física y/o sexual en una relación íntima a lo largo de su vida, lo cual ha sido
acentuado por la pandemia”. (ONU MUJERES, 8 de marzo de 2022)
· “La
pandemia ha profundizado las brechas de género existentes en América Latina y
el Caribe…en 2021 según datos de la OIT, más de 13 millones de mujeres vieron
desaparecer sus empleos…,la pobreza y la pobreza extrema están a niveles de
hace más de dos décadas, según datos de la CEPAL de 2021, al cierre de 2020,
alrededor de 118 millones de mujeres latinoamericanas se encontraban en
situación de pobreza, 23 millones más que en 2019 (ONU MUJERES/2022)
· “En
la región, las mujeres todavía dedican más del triple de tiempo al trabajo
doméstico y de cuidados no remunerado que los hombres…Se ha intensificado todo
tipo de violencia contra las mujeres y las niñas, sobre todo en el hogar.
· En
2020, por cada 3 hombres hubo una mujer presidiendo las administraciones
públicas municipales…
· El
delito de violencia familiar (al que se le considera una aproximación a la
violencia contra las mujeres), registró la segunda mayor frecuencia en 2020,
solo después del robo, presentó un aumento de 5.3% entre 2019 y 2020.” (ONU
MUJERES, 8 de marzo de 2022)
*
Licenciada en Sociología, maestra en Política Criminal, Doctora en Ciencias
Penales y Política Criminal y profesora de la FES Acatlán UNAM y del CESCIJUC.