PIDEN A MINISTROS ANULAR MEGADEUDA
PIDEN A MINISTROS ANULAR MEGADEUDA
Víctor
Fuentes
Agencia
Reforma
Ciudad
de México 19 diciembre 2023.- Senadores de Oposición pidieron a la Suprema
Corte de Justicia invalidar la autorización al Ejecutivo para contratar deuda
pública interna y externa hasta por un billón 990 mil millones de pesos y 18
mil millones de dólares, montos 70 y 227 por ciento superiores a los de 2023,
respectivamente.
Se
trata de una acción de inconstitucionalidad que pide anular el artículo 2 de la
Ley de Ingresos de la Federación (LIF) para 2024.
La
Presidencia de la Corte turnó la demanda el 14 de diciembre al Ministro Luis
María Aguilar, pero como las vacaciones del Poder Judicial iniciaron al día
siguiente, es probable que será admitida a trámite por la Comisión de Receso,
integrada por los Ministros Jorge Pardo y Yasmín Esquivel.
Es la
primera vez que la Oposición lleva este tema a la Corte, luego de alertar
durante los debates para la aprobación de la LIF sobre los montos
extraordinarios de endeudamiento requeridos por el Gobierno en un año
electoral, cuando empiezan a existir preocupaciones sobre la capacidad para
seguir pagando programas sociales y obras prioritarias con lo que se recauda
por impuestos.
Pero
la Corte no puede suspender la vigencia del artículo 2, y debido al tiempo que
toma resolver estos juicios, lo más probable es que la mayor parte de la deuda
autorizada será contratada antes de que resuelva el Pleno, que requerirá ocho
de once votos para una sentencia de invalidez que no tendría efectos retroactivos.
El
artículo impugnado de la LIF también autoriza a Pemex contratar deuda interna y
externa por 138 mil 119 millones de pesos y 3 mil 726 millones de dólares,
cantidades que son 410 y 2 mil 623 por ciento superiores a las de 2023.
Se
desconoce hasta ahora si la demanda de los senadores impugna la totalidad del
artículo 2, que también contiene previsiones rutinarias sobre deuda del rescate
bancario que administra el IPAB y otras reglas sobre pasivos que se aplican
cada año; si sólo se refiere a lo autorizado al Gobierno, o si también abarca
la deuda de empresas productivas del estado.
El
artículo 73 de la Constitución establece que el Gobierno sólo puede endeudarse
para «obras que directamente produzcan un incremento en los ingresos
públicos, para propósitos de regulación monetaria, operaciones de
refinanciamiento en las mejores condiciones del mercado, o en casos de
emergencia declarada por el Presidente de la República».
Así,
en teoría, la deuda no puede ser utilizada para financiar gasto corriente del
Gobierno ni subsidios como los programas sociales.
«Cuando
pedimos endeudamiento por 1.9 billones, pero sólo estamos invirtiendo 600 mil
millones, evidentemente estamos violando la Constitución, pero lo que es más
triste es que cada vez que se viola este artículo, es seguido por una crisis
económica», dijo el 20 de septiembre Ildefonso Guajardo, diputado priista
y ex secretario de Economía, cuando el secretario de Hacienda compareció para
defender el paquete presupuestal de 2024.