Poder Judicial deberá publicar todas sus sentencias
Poder Judicial deberá publicar todas sus sentencias
· Veracruz es el primer estado
del país en cumplir el mandado federal en ese sentido.
El
Poder Judicial del Estado de Veracruz estará obligado a emitir una versión
pública de todas sus sentencias, de acuerdo a una reforma a la Ley de
Transparencia y Acceso a la Información Pública aprobada este jueves por el
Congreso del Estado.
Veracruz
es el primer estado del país en cumplir el mandato legal de homologar su
legislación local con la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información
Pública –de aplicación en todo el país- reformada por el Congreso de la Unión
el pasado 13 de agosto.
La
propia reforma federal estableció un plazo de 180 días, que se vence el 9 de
febrero del 2021, para que las entidades federativas hagan lo propio.
Se
trata de una reforma parca en palabras pero de gran calado en sus
consecuencias: sustituyó la obligación de emitir una versión pública de las
sentencias “de interés público” por –así decía- por “todas” las sentencias,
laudos y resoluciones que ponen fin a los juicios.
Ese
cambio menor en la redacción cancela interpretaciones subjetivas a cargo del
propio sujeto obligado sobre cuáles sentencias publicar y cuáles no, ambigüedad
señalada como una deficiencia por los especialistas en materia de
transparencia.
La
adecuación fue propuesta por la diputada Adriana Paola Linares Capitanachi
apenas el 25 de septiembre pasado y dictaminada favorablemente por la Comisión
Permanente de Transparencia, Acceso a la Información y Parlamento Abierto, que
preside el diputado Henri Christophe Gómez Sánchez. En sus consideraciones,
señalaron que conocer todas las sentencias, laudos y resoluciones que ponen fin
a los juicios –aun en su versión pública- representa “un mecanismo para evaluar
la forma como se imparte justicia en todos los órganos jurisdiccionales del
país, para visibilizar y dar seguimiento a sentencias discriminatorias o
estereotipadas que afectan principalmente a las mujeres, y para detectar
también actos de corrupción, nepotismo, amiguismo o pactos para los puestos”.
(Las “versiones públicas” a las que se refiere la Ley son, básicamente, documentos en los que se han emitido datos personales de los querellantes).
Asimismo,
advirtieron que “es necesario fomentar la rendición de cuentas por parte de las
juezas, jueces, magistradas o magistrados para sujetar su labor pública al escrutinio
de la ciudadanía”.
Este dictamen registró 44 votos a favor, cero en contra y sin abstenciones