SANCIONAN A ABUNDIO MORALES
SANCIONAN A ABUNDIO MORALES
· Por
violar Ley de Derechos de Niños
Coatepec, Ver., a 8 de julio 2024.- El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la
Federación emitió un procedimiento especial sancionador contra Abundio Morales Rosas, ex candidato del PRI-PAN-PRD a la diputación federal
al haber violentado la Ley de Derechos de
los Niños. El ex candidato y los partidos políticos que lo abanderaron
tendrán que pagar una cuantiosa multa.
Mediante el expediente SRE-PSD-33/2024, la autoridad judicial en materia electoral federal
determinó que Abundio Morales vulneró las reglas de difusión de propaganda electoral en detrimento del
interés superior de niñas, niños y adolescentes al hacer distintas
publicaciones en su cuenta de la red social Facebook, con imágenes donde
aparecen menores de edad.
Luego que representantes de los partidos Morena y Verde Ecologista iniciaran la denuncia al hallar las citadas
publicaciones, algunas imágenes fueron borradas de la cuenta de Morales Rosas de la citada red social.
No obstante, el Tribunal Electoral contó con la información suficiente para continuar
con el proceso, toda vez que eran muchas las fotografías en las que aparecían
niños o adolescentes.


Abundio
Morales tendrá que pagar una multa por 100 Unidades de Medida y Actualización (UMA’s)
que equivalen a un total de 10 mil 857
pesos, mientras que los partidos PRI, PAN y PRD, cada uno tendrá que cubrir
400 UMA’s cuyo monto asciende a 43 mil
428 pesos pues cometieron la falta de «culpa in vigilando» y
estos partidos ya son reincidentes.
A partir de la notificación de esta sanción,
tanto los partidos PRI-PAN-PRD y el
ex candidato, Abundio Morales Rosas,
violador de los derechos de los niños, cuentan con 15 días hábiles para cubrir el monto; se estima que este plazo
podría vencer hacia mediados de este mes de julio.
Adicionalmente, el Tribunal Electoral del Poder Judicial Federal ordenó registrar este
procedimiento en el Catálogo de Sujetos
Sancionados; también ordenó vincular a la Dirección Ejecutiva de Prerrogativas de Partidos Políticos y a la Dirección Ejecutiva de Administración del
INE.