SE TAMBALEA EN LA CORTE PROYECTO CONTRA REFORMA JUDICIAL
SE TAMBALEA EN LA CORTE PROYECTO CONTRA REFORMA JUDICIAL
Víctor Fuentes
Agencia Reforma
Ciudad de México 5 noviembre
2024.- El proyecto sobre la reforma judicial está en riesgo de no alcanzar los
votos necesarios para invalidar cualquiera de los aspectos planteados por el
Ministro Juan Luis González Alcántara.
El Ministro Alberto Pérez
Dayán afirmó que las acciones promovidas por partidos políticos son
improcedentes, porque la Constitución no puede ser vista como una ley
secundaria en materia electoral.
El voto en contra de Pérez
Dayán sería suficiente para impedir que se alcancen los ocho necesarios parar
cualquier invalidez, si es que la Corte tiene los seis votos necesarios para
entrar al estudio de fondo de las demandas.
Las Ministras Lenia Batres,
Yasmín Esquivel y Loretta Ortiz también están en contra. Con dos votos más, el
proyecto será desechado sin estudiar los temas de fondo.
Pérez Dayán recordó que, en
2016, la Corte ya había establecido, por mayoría de ocho votos, que no es
posible admitir acciones de partidos políticos para impugnar reformas a la
Constitución, ya que esta no pude ser considerada como una ley electoral.
Dicha mayoría incluyó a los
actuales Ministros Pérez Dayán, Luis María Aguilar, Jorge Pardo, Javier Láynez
y Norma Piña, mientras que Alfredo Gutiérrez estuvo en contra, al igual que el
ahora funcionario del Gobierno Arturo Zaldívar.
«Sería responder a una
insensatez llevada irresponsablemente al texto supremo, con otra insensatez
equivalente, al forzar el ejercicio de una facultad que no me fue conferida en
el conocimiento de una acción de inconstitucionalidad», dijo Pérez Dayán,
al reiterar sus críticas a la reforma por la que todos lo jueces del país serán
electos por voto popular.
«Miles de personas verán
lastimosamente truncados sus esfuerzos y compromiso por una nación mas justa.
Lo resiento personalmente, a mi también me toca», agregó.
Enfatizó que otros medios de
control, como el amparo, sí podrían permitir que se analicen vicios de
procedimiento en la aprobación de la reforma.
«Llama la atención que
las nuevas reflexiones surgen en una reforma de la que el Poder Judicial es el
destinatario», dijo por su parte la Ministra Ortiz.
Batres, en su turno, dedicó un
largo discurso a criticar al Poder Judicial, y recordó los múltiples casos
previos en los que la Corte desechó de inmediato demandas que buscaban impugnar
reformas a la Constitución, entre ellas, en materia de derechos indígenas,
energética y varios cambios electorales.
«No corresponde a este
Poder arranar hojas de la Constitución, sino hacer que se cumpla su contenido.
El proyecto pretende transmutar la Constitución, en un acto de alquimia, para
atacarla con total impunidad. El ataque es doblemente artero cuando viene de
quien se ostenta como su guardián y quien juro guardarla y hacer guardar»,
sostuvo Batres.
Esquivel recordó y citó las
intervenciones de los actuales Ministros que, en 2016, confirmaron el
desechamiento de acciones de partidos políticos que pretendían impugnar la
reforma Constitucional que convirtió al Distrito Federal en Ciudad de México.
«No es a la Constitución
a la que debemos juzgar, sino que es nuestra principal herramienta para
juzgar», dijo.
El proyecto
El Pleno de la Suprema Corte
de Justicia de la Nación (SCJN) analiza en la sesión el proyecto del Ministro
González Alcántara que invalida partes de la reforma judicial.
El proyecto plantea anular la
elección por voto popular de Jueces y Magistrados, pero mantiene ese formato
para elegir a Ministros y Magistrados electorales.
Considera que es una decisión
de «autocontención» la de permitir que se realice la elección de
Ministros.
Incluye además, anular los
comicios para Jueces locales, que supone uno de los procesos más complejos por
el número de cargos.
El proyecto de sentencia del
Ministro González Alcántara da respuestas a las acciones de
inconstitucionalidad promovidas por PRI, PAN y Movimiento Ciudadano.
En dicha propuesta se
invalidan los jueces sin rostro y el método de selección de los juzgadores que
llevarían a cabo los Comités de Evaluación.
Para invalidar la reforma, es
necesaria una mayoría de 8 votos.
Previo a la discusión de los
temas de fondo, la Corte tendrá que aclarar si puede resolver acciones que
cuestionan una reforma a la Constitución, algo que nunca ha hecho desde que
estos juicios fueron reglamentados en 1995.
Para decidir este punto basta
mayoría de seis votos.