SERÍA OBLIGATORIA COMUNICACIÓN ESCRITA ENTRE AGENTES MUNICIPALES Y AYUNTAMIENTO
SERÍA OBLIGATORIA COMUNICACIÓN ESCRITA ENTRE AGENTES MUNICIPALES Y AYUNTAMIENTO
Mediante una Iniciativa, la diputada Citlali Medellín
Careaga propuso que sea obligatoria la comunicación escrita entre agentes y
subagentes municipales y el Ayuntamiento y que, en caso de no poder proceder
inmediatamente con la información oficial por la vía escrita, lo hagan en el
trascurso de un tiempo considerable.
En la Cuarta Sesión Ordinaria del Segundo Período Ordinario
del Segundo Año de Ejercicio Constitucional, la Presidenta de la Comisión
Permanente de Desarrollo y Fortalecimiento Municipal presentó una Iniciativa
con Proyecto de Decreto que reforma el Artículo 62 de la Ley Orgánica del
Municipio Libre para el Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave.
Refirió que, dentro de las obligaciones que les confiere
dicho artículo se encuentra la de “dar aviso inmediato al ayuntamiento de
cualquier alteración en el orden público y de las medidas que hayan tomado para
corregirlas” y la de “fungir como auxiliar del ministerio público”.
Sin embargo, señaló que la situación geográfica en donde se
encuentran las agencias municipales dificulta el cumplimiento de esta
disposición. Algunas congregaciones, dijo, están a más de 60 kilómetros de
donde residen los poderes municipales. Además, la mayoría de las agencias
municipales no cuentan con medios de comunicación idóneos para dar aviso de
hechos que se presuman constitutivos de un delito y faltas administrativas en
la congregación, poblado o ranchería.
Reconoció también que agentes y subagentes municipales no
suelen presentar por escrito sus informes u oficios ni levantar actas
circunstanciadas de los acontecimientos que ocurren en sus demarcaciones, por
lo cual privan al Ayuntamiento de una prueba documental pública en la posible
falta administrativa de alguna ley o reglamento; además, quedan expuestos en su
manera de proceder en caso de alguna queja en su contra.
De acuerdo con esta propuesta de reforma, la obligación de
dar aviso inmediato al Ayuntamiento de cualquier alteración en el orden público
y de las medidas que hayan tomado para corregirlas, los agentes y subagentes
municipales deberán hacerlo constar por escrito.
Asimismo, “cuando el agente municipal considere que los
hechos pueden no ser constitutivos de un delito, y no tenga las facilidades
para la inmediatez, lo deberá hacer constar por escrito a más tardar 3 días
después del incidente”.
A esta propuesta se adhirieron las diputadas Tania María
Cruz Mejía, Arianna Guadalupe Ángeles Aguirre, Lourdes Juárez Lara y Verónica
Pulido Herrera, así como los diputados Jaime Enrique de la Garza Martínez, Marco
Antonio Martínez Amador, Bonifacio Castillo Cruz, Fernando Arteaga Aponte,
Miguel David Hermida Copado, José Luis Tehuintle Xocua y Ramón Díaz Ávila.
La Iniciativa con Proyecto de Decreto reforma el párrafo I y
se adiciona un segundo párrafo a misma fracción y; se deroga la fracción IX,
del artículo 62 de la Ley Orgánica del Municipio Libre para el Estado de
Veracruz de Ignacio de la Llave fue turnada a la Comisión Permanente de
Gobernación.