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Taxistas rechazan el nuevo reglamento de tránsito

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Coatepec, Ver., 2 de julio 2015.- Héctor Contreras Suárez, líder de taxistas de Coatepec, dio su punto de vista sobre el controversial reglamento de tránsito y seguridad vial. Al respecto, señaló: “No se cumplió el procedimiento legislativo adecuado de discusión y aprobación en el Congreso. Por lo tanto, es autoritario y lastimoso para los veracruzanos que el modelo de dicha reglamentación sea una copia de otros países. Con la diferencia que estos sí cuentan con una cultural vial adecuada y bien regulada, no como en nuestro estado, pues la misma autoridad infringe los reglamentos. El art. 153 – I exige conocerlo en su totalidad, cuando el reglamento anterior el 90% de las autoridades, en muchos años de regularnos, no sé lo aprendieron. Pregunto  ¿y a ellos quién les exige?” Por lo tanto, es incongruente que nos quieran imponer dicho reglamento.

¿Estás de acuerdo en la necesidad de un reglamento moderno? “Los taxistas de todo el estado estamos a favor de un reglamento justo. Un reglamento que favorezca la cultura de la legalidad y promueva el desarrollo de una cultura vial. Los problemas del tráfico vehicular no se solucionan con criterios punitivos con fines recaudatorios. Porque se imponen multas de 10 hasta 500 salarios mínimos cuando nosotros percibimos apuradamente un salario que no alcanza para adquirir alimentos de la canasta básica. Necesitamos un reglamento que no afecte la economía familiar. Automovilistas y peatones pasan de faltas administrativas a arrestos. Por ejemplo, sí se ofende a una autoridad, arresto de 12 a 36 horas de acuerdo al art. 160 f. XXVIII, igual que si el peatón altera el orden, la seguridad pública, tránsito y la seguridad vial. Art. 273 f. XI”.

Finalmente, preguntó Héctor Contreras, A dónde recluirán a los detenidos, no se cuenta con lugares especiales para aplicar las sanciones. De lo contrario se estarán violando las garantías individuales”.

Las Infracciones de tránsito se clasifican de acuerdo al Art. 330 I,II, III, IV en

I.- Leves.- 10 salarios mínimos y hasta 25 salarios

II.- Graves.- 26 salarios hasta 40 salarios

II.- Muy Graves.- 45 salarios hasta 80 salarios

II.- Especiales.- 81 salarios hasta 500 salarios

 

 

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