TRABAJADORES INDEPENDIENTES PUEDEN AFILIARSE AL IMSS
TRABAJADORES INDEPENDIENTES PUEDEN AFILIARSE AL IMSS
· Contar con Seguridad Social evita la generación de costos
y gastos innecesarios por cualquier enfermedad o riesgo de trabajo
· El aseguramiento será con base en el ingreso real del
trabajador independiente
El
Instituto Mexicano del Seguro Social invita a los profesionales, técnicos,
comerciantes en pequeño, trabajadores en industrias familiares y demás
trabajadores no asalariados a incorporarse de manera voluntaria al Régimen
Obligatorio de Personas Trabajadoras Independientes.
El
encargado de la Jefatura de Afiliación Cobranza, Oscar Barradas García, explicó:
‘‘el Seguro Social cuenta con diversas modalidades de aseguramiento para
ofrecer una cobertura integral a todos los trabajadores, en el caso de trabajadores
independientes refiere a trabajadores no asalariados que obtienen sus ingresos
mediante su trabajo personal sin que para el desempeño del mismo tengan
trabajadores a sus servicios’’.
El
trámite se puede realizar a través de dos vías: en línea Ingresando a la página www.imss.gob.mx directamente al
micro sitio en el portal IMSS, los requisitos son: Clave Única de Registro de
Población (CURP), Registro Federal de Contribuyentes (RFC), Número de Seguridad
Social (NSS) y un correo electrónico valido del interesado.
Asimismo,
se brinda atención en las cinco Subdelegaciones del OOAD en Veracruz Norte,
ubicadas en Xalapa, Veracruz, San Andrés Tuxtla, Martinez de la Torre y Poza
Rica de Hidalgo, en donde existen Módulos de Atención en los que te atenderán
personalmente de lunes a viernes en horario de 8:00 a 15:30 horas, el
interesado debe presentar acta de nacimiento, identificación oficial, CURP y comprobante
de domicilio, todos los documentos en original y copia para cotejo.
‘‘El
programa tiene como objetivo incorporar a la seguridad social a trabajadores
independientes para garantizar el acceso a los servicios médicos,
hospitalarios, farmacéuticos, atención obstétrica, incapacidades, pensión por
invalidez y vida, fondo para el retiro, así como prestaciones sociales dentro
de las que se encuentran velatorios y guarderías’’, declaró Barradas García.
Además,
el Instituto no sólo asegura a la población trabajadora también incluye a
beneficiaros legales del asegurado cómo: esposa (o), concubina (o), hijos
menores de 16 años de edad hasta los 15 si realizan estudios en plantes del
Sistema Educativo Nacional y padres del asegurado siempre y cuando convivan y
dependan de este económicamente.
Para
finalizar, Barradas García mencionó que: ‘‘las inscripciones a esta modalidad
de aseguramiento se puede realizar de manera individual o colectiva, el contar
con Seguridad Social evita la generación de costos y gastos innecesarios por
cualquier enfermedad o riesgo de trabajo, al estar afiliado, el Instituto será quien
brinde las atenciones y prestaciones que por Ley le corresponden’’.