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TRABAJADORES INDEPENDIENTES PUEDEN AFILIARSE AL IMSS

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TRABAJADORES INDEPENDIENTES PUEDEN AFILIARSE AL IMSS

·         Contar con Seguridad Social evita la generación de costos y gastos innecesarios por cualquier enfermedad o riesgo de trabajo

 

·         El aseguramiento será con base en el ingreso real del trabajador independiente

 

El Instituto Mexicano del Seguro Social invita a los profesionales, técnicos, comerciantes en pequeño, trabajadores en industrias familiares y demás trabajadores no asalariados a incorporarse de manera voluntaria al Régimen Obligatorio de Personas Trabajadoras Independientes.

 

El encargado de la Jefatura de Afiliación Cobranza, Oscar Barradas García, explicó: ‘‘el Seguro Social cuenta con diversas modalidades de aseguramiento para ofrecer una cobertura integral a todos los trabajadores, en el caso de trabajadores independientes refiere a trabajadores no asalariados que obtienen sus ingresos mediante su trabajo personal sin que para el desempeño del mismo tengan trabajadores a sus servicios’’.

 

El trámite se puede realizar a través de dos vías: en línea Ingresando  a la página www.imss.gob.mx directamente al micro sitio en el portal IMSS, los requisitos son: Clave Única de Registro de Población (CURP), Registro Federal de Contribuyentes (RFC), Número de Seguridad Social (NSS) y un correo electrónico valido del interesado.

 

Asimismo, se brinda atención en las cinco Subdelegaciones del OOAD en Veracruz Norte, ubicadas en Xalapa, Veracruz, San Andrés Tuxtla, Martinez de la Torre y Poza Rica de Hidalgo, en donde existen Módulos de Atención en los que te atenderán personalmente de lunes a viernes en horario de 8:00 a 15:30 horas, el interesado debe presentar acta de nacimiento, identificación oficial, CURP y comprobante de domicilio, todos los documentos en original y copia para cotejo.

 

‘‘El programa tiene como objetivo incorporar a la seguridad social a trabajadores independientes para garantizar el acceso a los servicios médicos, hospitalarios, farmacéuticos, atención obstétrica, incapacidades, pensión por invalidez y vida, fondo para el retiro, así como prestaciones sociales dentro de las que se encuentran velatorios y guarderías’’, declaró Barradas García.

 

Además, el Instituto no sólo asegura a la población trabajadora también incluye a beneficiaros legales del asegurado cómo: esposa (o), concubina (o), hijos menores de 16 años de edad hasta los 15 si realizan estudios en plantes del Sistema Educativo Nacional y padres del asegurado siempre y cuando convivan y dependan de este económicamente.

 

Para finalizar, Barradas García mencionó que: ‘‘las inscripciones a esta modalidad de aseguramiento se puede realizar de manera individual o colectiva, el contar con Seguridad Social evita la generación de costos y gastos innecesarios por cualquier enfermedad o riesgo de trabajo, al estar afiliado, el Instituto será quien brinde las atenciones y prestaciones que por Ley le corresponden’’.