TUMBA TEPJF CANDIDATURA A CABEZA DE VACA; DEJAN A ANAYA
TUMBA TEPJF CANDIDATURA A CABEZA DE VACA; DEJAN A ANAYA
Érika
Hernández
Agencia
Reforma
Ciudad
de México 17 abril 2024.- El Tribunal Electoral tumbó la candidatura a diputado
federal del ex Gobernador de Tamaulipas, Francisco García Cabeza de Vaca, por
tener dos órdenes de aprehensión, por delitos de delincuencia organizada y
cometer operaciones con recursos de procedencia ilícita.
Mientras
que la Sala Superior decidió mantener la candidatura al Senado del panista Ricardo
Anaya, quien está exiliado al ser acusado por Emilio Lozoya de recibir pagos
ilegales de Odebrecht, pero no tiene una orden de aprehensión.
Ambos
proyectos fueron presentados por la Magistrada Janine Otálora, quien al
arrancar la sesión advirtió que presentará un recurso interno porque sus
propuestas fueron entregadas a las partes quejosas y denunciadas, lo que
provocó que la presionaran.
«Se
revoca el registro del candidato (Francisco Javier Cabeza de Vaca) al resultar
inelegible, porque se acredita la suspensión de derechos políticos prevista en
el artículo 38, fracción quinta de la Constitución General, al actualizarse las
condiciones necesarias para considerar que está sustraído de la acción de la
justicia.
«En
primer lugar, se acredita el elemento de carácter normativo porque existen por
lo menos, dos órdenes de aprehensión vigentes en su contra, sin que hayan
prescrito las acciones penales», indica la sentencia aprobada por cuatro
votos contra uno.
Se
advierte que las autoridades del Estado mexicano han desplegado acciones para
ejecutar las órdenes de aprehensión giradas en su contra, por lo que sí está
sustraído de la justicia.
Por
ello, se dan 48 horas al PAN para que presente a quien sustituirá al
tamaulipeco en la posición uno de la segunda circunscripción.
En el
caso de Ricardo Anaya se asegura que no existen órdenes de aprehensión, aunque
él está exiliado en Estados Unidos por temor a una acción penal en su contra.
«Se
confirma el registro respectivo porque no se actualiza la suspensión de los
derechos políticos del candidato denunciado que hizo valer el partido
actor.
«Esto,
debido a que no acreditó: uno, la existencia de una orden de aprehensión sin
que haya prescrito la acción penal; y dos, que el candidato denunciado se
encuentra sustraído de la acción de la justicia, a fin de evitar ser sujeto a
proceso penal», indica la sentencia sobre Anaya, que fue avalada también
por cuatro votos a favor y uno en contra.
Durante
la sesión, Otálora denunció presiones. Los propios panistas y morenistas
reconocieron que acudieron entre lunes y martes a «audiencias» con
los magistrados para tratar ambos temas.
«La
preocupación de estas filtraciones desde adentro para que desde afuera vengan a
presionar, no son una práctica judicial deseable», indicó.
El
único magistrado que votó en contra de quitarle la candidatura a Cabeza de Vaca
fue Reyes Rodríguez, a quien se le ha acusado ser cercano al ex Gobernador.
Aseguró
que el INE le entregó la candidatura porque hay amparos, y debe privilegiarse
la presunción de inocencia.
«No
hay una orden de detención vigente porque hay también suspensiones de amparo,
cómo puede considerarse prófugo de la justicia alguien que está legalmente en
libertad y no puede ser detenido y no hay actos positivos que en caso de un
requerimiento judicial de presentación ante la autoridad o de ejecución de la
detención no hay ningún acto que demuestre que está en este supuesto de prófugo
de la justicia.
«Resulta
fundamental destacar y aclarar a la ciudadanía que, en ninguna circunstancia,
la simple emisión de una orden de aprehensión resulta suficiente para suspender
en automático los derechos político-electorales de una persona imputada, que se
requiere de una declaración judicial para ello», afirmó.
En
respuesta, la Magistrada Otálora recordó que en el 2021 se liberó contra el ex
Gobernador de Tamaulipas una orden de aprehensión por delitos de delincuencia
organizada con la finalidad de cometer operaciones con recursos de procedencia
ilícita y otros, y en el 2024 otra orden por delitos similares.
Consideró
que los amparos no surten efectos inmediatos para dejar insubsistentes las
órdenes de aprehensión, pues están en revisión.
«Estas
órdenes de aprehensión no se invalidan con la suspensión, ya que el único
efecto de ésta es que el candidato no pueda ser privado de su libertad, pero en
ningún momento tiene como efecto invalidar la existencia o vigencia de los
actos de origen», indicó la magistrada.
Aunque
Reyes estuvo de acuerdo en mantener a Anaya como candidato, afirmó que votaba
en contra por no estar de acuerdo con el procedimiento.
Informó
que se pidió un requerimiento a la Fiscalía Especializada en Delitos
Electorales, y ésta informó que no existen registros de órdenes de aprehensión
en su contra, pero no se pidió lo mismo a la FGR.