La derogación, otra farsa de Cuitláhuac
Rúbrica
La derogación, otra farsa de Cuitláhuac
Por
Aurelio Contreras Moreno
Aparentando “humildad” y un supuesto
acatamiento del orden jurídico que no ha honrado durante lo que va de su
administración, el gobernador Cuitláhuac García Jiménez anunció hace unos días
que enviaría una iniciativa para derogar el tipo penal de ultrajes a la
autoridad, luego que la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) así se
lo exigiera en la Recomendación que le emitió directamente a finales de
diciembre.
La
Recomendación 146/2021 al gobernador del estado de Veracruz, Cuitláhuac García
Jiménez, fue a causa de “violaciones a los derechos humanos, a la seguridad
jurídica y a la libertad personal derivadas de la detención arbitraria y la
imputación indebida de hechos por parte elementos policiacos de la Secretaría
de Seguridad Pública del estado (SSP) y de personal adscrito a la Fiscalía
General del Estado de Veracruz (FGE)”, en referencia al muy conocido caso de
los seis jóvenes a los que la policía estatal acusó de “ultrajes a la
autoridad” y que dio cauce al pleito con el senador de Morena Ricardo Monreal,
que asumió su defensa.
La CNDH le
pidió entonces a Cuitláhuac García que “accione el procedimiento legislativo en
el estado, a efecto de proponer la derogación del numeral 331 del Código Penal
para el estado, a fin de prevenir nuevas violaciones a los derechos humanos en beneficio
de la población residente o que transita en la jurisdicción de esa entidad”.
García Jiménez
estuvo renuente a acatar la Recomendación de la CNDH que, como quiera, exhibió
una parte de los abusos cometidos por su gobierno desde que en el sumiso –y muy
ignorante- Congreso del Estado bajo control de la “4t” aprobaron la reforma al
Código Penal del Estado el 11 de marzo de 2021, misma que ha llevado a la
cárcel a más de mil personas en Veracruz en menos de un año.
El numeral en
cuestión establece: “se
impondrán de seis meses a dos años de prisión y multa de diez a cuarenta veces
el valor de la unidad de medida y actualización diaria, a quien amenace o
agreda a un servidor público en el momento de ejercer sus funciones o con
motivo de ellas”.
“Se le aplicará al responsable de este
delito, además de las sanciones anteriores, de cinco a siete años de prisión,
cuando se actualicen cualquiera de los supuestos siguientes: I. Se realice por
una o más personas armadas o portando instrumentos peligrosos; II. Se realice
por medio de cualquier tipo de violencia contra la víctima; III. Que el sujeto
activo manifieste ser miembro de una pandilla, asociación delictuosa o de la
delincuencia organizada, real o ficticia o que por cualquier medio manifieste
la intervención de estos grupos en la comisión del delito; o IV. Que se realice
a través de cualquier otra circunstancia que disminuya las posibilidades de
defensa o protección del sujeto pasivo o lo ponga en condiciones de riesgo o
desventaja”, se agrega en el artículo.
La presión
política que desde el Senado ejercieron –hasta que negociaron- Monreal y el
dirigente de Movimiento Ciudadano Dante Delgado Rannauro contra García Jiménez,
obligó al régimen a buscar una salida más o menos “salomónica”: aquellos
desaparecieron la “Comisión Especial” con la que amagaron buscar la
desaparición de poderes en la entidad, y el disminuido gobernador tuvo que
acatar la Recomendación de Derechos Humanos y mandar derogar el artículo 331
del Código Penal.
En el límite
de tiempo, García Jiménez envió este lunes la iniciativa para derogar el
artículo 331 que, a decir de la propia ex ministra y actual presidenta de la
mesa directiva del Senado de la República, Olga Sánchez Cordero, es
inconstitucional. Y a pesar de ello, Cuitláhuac todavía se quejó de que se
dejarían “vacíos legales” en la protección de los policías ante una agresión.
Solo que eso
es falso. Como también resulta un circo la derogación, pues resulta que otro
artículo del Código Penal que fue reformado al mismo tiempo que el 331, que es
en esencia lo mismo, se está dejando intacto.
En el capítulo
“Delitos
Contra las Instituciones de Seguridad Pública” del Código Penal, también
modificado el 11 de marzo del año pasado, el artículo 371 Quinquies establece
que “se impondrán de siete a quince años de prisión y multa de cuatrocientas a
ochocientas unidades de medida y actualización diarias, a quien amenace o
agreda a un integrante o elemento de alguna institución de Seguridad Pública
municipal o estatal en el momento de ejercer sus funciones o con motivo de
ellas, de tal manera que, en razón del arma empleada, de la fuerza o destreza
del agresor, pueda producirle como resultado lesiones o muerte”.
Este artículo es tan ambiguo en sus alcances
como el 331, salvo que se refiere concretamente a los policías, estatales o
municipales, a cuya discreción queda determinar las “amenazas” o “agresiones” recibidas
“en el momento de ejercer sus funciones o con motivo de ellas”.
O dicho más claro. Se sigue dejando a la policía
en absoluta libertad de seguir cometiendo los mismos abusos en los que ha
incurrido desde hace casi un año para encarcelar opositores, críticos del
gobierno o a quien les dé gana para extorsionarle, como se ha documentado
ampliamente que lo han hecho en este tiempo.
La “derogación” de los
ultrajes a la autoridad es otra farsa de Cuitláhuac García. Pretenden seguir
igual, con la complacencia de “ya saben quién”.
Email: aureliocontreras@gmail.com
Twitter: @yeyocontreras