Ridículo épico
Ridículo épico
Por Aurelio Contreras
Moreno
Vaya revés el que le propinó la Suprema Corte de Justicia
de la Nación al régimen de la autoproclamada “cuarta transformación” en
Veracruz.
En su sesión de este lunes, el pleno de ministros echó
para abajó el Decreto 576 por el que se reformaban varios artículos de la
Constitución Política del Estado de Veracruz, y que desde su aprobación fue
considerado como una asonada del gobierno de Cuitláhuac García Jiménez para
controlar las elecciones locales del año entrante.
Y es que una de las reformas centrales era la reducción
de 50 por ciento a las prerrogativas de los partidos políticos, que son los
recursos públicos con los que se financia su ejercicio, lo cual los colocaba en
una situación de franca desventaja frente a la operación clientelar de los
programas sociales a cargo del propio gobierno en beneficio del partido
oficial, Morena, que ha buscado seguir al pie de la letra el “guion” priista de
condicionamiento político de los “apoyos” a los sectores marginados.
Otra de las cuestiones relevantes de la referida reforma
era la desaparición de los consejos municipales electorales para la elección de
ayuntamientos, cuya función asumirían los consejos distritales del Organismo
Público Local Electoral (OPLE) junto con la figura de “consejos municipales
especiales”, un bodrio legaloide justificado -como suelen hacerlo- en supuestos
“principios de austeridad y eficiencia en el gasto público” pero que en
realidad se trataba de una trampa que desproveía de certeza el conteo de los
votos, ya que había que trasladar los paquetes electorales a las cabeceras de
los distritos en lugar de realizarlo en los mismos municipios.
Sin duda una enmienda muy importante era la reducción de
cuatro a tres años en los periodos de los ayuntamientos con posibilidad de
relección, como sucede en el resto del país. No hay que olvidar que en el
sexenio de Javier Duarte fue reformada la Constitución para convertir en
cuatrienio el periodo de las presidencias municipales en la entidad y evitar
que sus elecciones se empalmaran con las de diputados locales y gobernador,
pues siempre significan procesos más complejos de controlar en comicios
concurrentes.

La reforma más controversial, junto con la “trasquilada”
a los recursos de los partidos, era la que señalaba que “no podrá ser objeto de
consulta popular (…) la permanencia o continuidad en el cargo de los servidores
públicos de elección popular”, con lo cual se “blindaba” al actual gobernador,
Cuitláhuac García Jiménez, para evitar que fuera sometido a una consulta de
revocación de mandato como la que se autoimpuso el presidente Andrés Manuel
López Obrador para el año 2022. El mandatario veracruzano difícilmente saldría
avante de un ejercicio de esta naturaleza, al que ahora será susceptible de ser
llevado.
Todas estas enmiendas fueron tiradas a la basura por la
Corte bajo un argumento poco común pero que para efectos prácticos conlleva el
mismo efecto: “por falta de consulta a las comunidades indígenas y
afromexicanas de la entidad”, ya que “las autoridades locales se encontraban
obligadas a realizar una consulta de forma previa, libre, informada,
culturalmente adecuada y de buena fe en la que participaran dichos grupos”.
Y para que a ningún “quedabien” se le ocurriese buscar
sacar una contrarreforma en el sumiso Poder Legislativo al “cuarto para las
doce”, la Corte les “cortó las alas” al determinar en su sentencia el principio
de “reviviscencia”, o sea, “el restablecimiento de la vigencia de las normas
anteriores a las reformadas, las cuales no podrán ser reformadas durante el
proceso electoral próximo a iniciar, salvo que se trate de modificaciones no
fundamentales”.
De esta manera, el proceso electoral local para el estado
de Veracruz tendrá que iniciar de inmediato y con retraso, pues la norma que
recuperó su vigencia establece que tendría que haber comenzado desde principios
de este mes; y por supuesto, la Secretaría de Finanzas y Planeación del
Gobierno de Veracruz tendrá que reintegrar –inmediatamente también- todo el
dinero que le “birló” a los partidos con registro nacional desde el mes de agosto
y a los nuevos partidos estatales a partir de que se les concedió el registro.
El ridículo de la “4t” veracruzana es de proporciones
épicas. Y sus efectos en lo electoral serán fundamentales.